La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado a penas que suman 48 años de prisión -entre 22 y cuatro años- a cinco mujeres por los delitos de trata de seres humanos, prostitución coactiva, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y explotación de la prostitución ajena sobre otras mujeres nigerianas a las que obligaron a prostituirse, tras la práctica de rituales de vudú, y bajo la amenaza de que les sobrevendrían grandes males de no acceder.

Dos de las acusadas, también de origen nigeriano y una de ellas residente en Alicante, se encargaban de trasladar a las víctimas desde su país de origen -normalmente en pateras desde Libia a Italia-y las otras tres regentaban las casas de citas en las que las explotaban sexualmente, según la sentencia difundida ayer por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Las dos principales acusadas ofrecían a las víctimas trabajo o estudios ficticios en España, a través de familiares en su país de origen. Antes de viajar, les hacían un rito de vudú, por el cual se comprometían a devolver el importe del viaje y los traslados, con importes que llegaron hasta los 50.000 euros, aunque las víctimas desconocían el alcance de esa cantidad.

Cuando llegaban a España, las condenadas las obligaban a ejercer la prostitución para devolver la deuda que habían contraído. Para ello, las amenazaban con los rituales de vudú que les traerían «graves males para ellas y para sus familias».

La sentencia también condena a otras tres mujeres, encargadas de las casas de citas de València y Alzira en las que explotaban a las víctimas. A dos de ellas les impone seis años de prisión y a la tercera, cuatro.

Una de las víctimas que declaró como testigo protegida afirmó que estuvo un mes residiendo en un piso de Alicante donde vivía una de las procesadas y luego la trasladaron a València.

El tribunal ha alcanzado su decisión a partir de la prueba practicada, en especial de las declaraciones de las testigos-víctimas y de los policías que intervinieron, persistentes en la incriminación, y de las cuentas bancarias examinadas, en las que constan múltiples ingresos en diversas partes de España y cantidades similares de sitios diversos.

Argumentos sin lógica

Para el tribunal, los argumentos para justificar estos ingresos carecen de lógica -aseguraban que las chicas le ingresaban el dinero ahí porque no tenían papeles y luego se les devolvía- ya que no constan esas devoluciones sino que el dinero era extraído inmediatamente. También consta el reconocimiento fotográfico de las acusadas por parte de las víctimas.

La sala sostiene que en este caso se dan todas las fases que exige la jurisprudencia para dar por probado el delito: captación en los países de origen, ocultar el valor de la deuda y lo que deben hacer para pagarla y la práctica del vudú; recepción en España donde les informan de que van a ser prostituidas, bajo la amenaza del vudú, y añade que no es relevante su tenían móvil o podían entrar o salir.

«También se estaban aprovechando de una situación de vulnerabilidad, jóvenes, sin documentación, sin dinero, en un país extranjero. No se precisa ningún elemento más», señala la sala de la Audiencia, que introduce el criterio de organización entre los acusados porque requieren de esa colaboración para traerlas a España, organizar los traslados, atender sus necesidades económicas y los gastos de viaje, aunque sea imposible investigar esos delitos en el extranjero.