Un juzgado de lo Penal ha condenado por acoso sexual a un exdirector comercial de la aseguradora del Colegio de Médicos de Alicante (Semeco) por acosar sexualmente a una empleada, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo le impone una multa de 3.000 euros, así como una orden de alejamiento que le impide ponerse en contacto con la víctima durante tres años. Asimismo le obliga a indemnizarla con 12.560 euros.

La sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia, señala que la responsabilidad civil alcanzaría a Semeco dado que el delito se cometió en el desempeño de las funciones del acusado, pero en la parte dispositiva de la sentencia no se dice nada sobre este extremo. Por ello la acusación particular pedirá una aclaración al juzgado. El letrado Alejandro Baos y la procuradora Sonia Budi han representado a la víctima para el despacho de abogados Alberto Cañizares.

La víctima empezó a trabajar en la aseguradora en el año 2011, pero la situación de acoso comenzó a partir de 2012, conducta que fue in crescendo, según declara probado la sentencia. Primero empezó con comentarios como «qué guapa eres», leves contactos físicos, algún abrazo que la mujer interpretó como muestras de afecto o compañerismo. Según el fallo, la conducta del procesado, «que era consciente de la condición laboralmente subordinada de la denunciante», fue tomando un cariz abiertamente más sexual en 2014, diciendo que soñaba con ella, acercamientos e insinuaciones que fueron generando en la víctima un estado de ansiedad por temor a perder su trabajo. Entre los episodios que relata el juez en el fallo, está una vez que el acusado pidió a la víctima que le llevara en coche al concesionario y aprovechó para tocarle la entrepierna de ella y luego la cogió de la mano y la mantuvo entrelazada con la suya todo el trayecto. Meses después, en la visita a un ático propiedad del acusado donde iba a realizar unas reformas. La sentencia relata que allí el acusado la cogió de forma sorpresiva cuando se quedaron a solas y le introdujo la lengua en la boca.

Finalmente, la víctima acudió a pedir ayuda en el Centro Mujer 24 Horas, que ya la había asistido 10 años atrás por una situación de malos tratos. Cuando los hechos llegaron al conocimiento de la empresa, se llegó a un acuerdo por el que el procesado abandonaría su puesto de trabajo y la denuncia se retiraría. Sin embargo, el acusado volvió a llamar posteriormente a la mujer, hecho que motivó que finalmente le denunciara.

El fallo considera probado que la víctima sufrió una situación de estrés postraumático por la que tuvo que recibir tratamiento. Estas secuelas es una de las pruebas valoradas por el juez para considerar probados los hechos.

El procesado adujo en el juicio que tuvo una relación sentimental con la víctima (extremo que ella negó) y que fue denunciado por despecho porque él puso fin a la relación. El juez no ha considerado probado este extremo y subraya que la conducta del acusado condujo a la víctima «a una situación grave de humillación e intimidación». «La condición del acusado como superior laboral de la víctima está clara, como lo está el que se valía a de ella para acosarla (...) forzándola a aceptar su proximidad».