La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a un hombre a dos multas por importe cada una de 3.960 euros por abusar de las dos hijas de la pareja sentimental de su hijo durante tres años, a una de las cuales, para ganar su favor, le regaló un conejo y a la otra le prometió que le compraría un pony.

La sentencia, que desestima así el recurso de apelación que presentó la acusación particular en reclamación de sus costas, confirma también la orden de alejamiento dictada contra él, en virtud de la cual no podrá acercarse a menos de doscientos metros de las menores, que no alcanzaban los diez años de edad cuando ocurrieron los hechos, por tiempo de tres años.

La sentencia señala que el relato de hechos probados por el Juzgado señalaba que los tocamientos a los que sometió a una de aquellas se produjeron entre los años 2003 y 2006 y que el acusado se aprovechó de los días en que su hija y la nuera, junto con las hijas de esta, acudía a su domicilio para visitarle.

También se declaró probado que sometió a las mismas prácticas a una hermana de aquella menor, lo que ocurrió entre los años 2006 y 2008, produciéndose la mayor parte de las mismas cuando la niña le ayudaba a la hora de alimentar a los animales de corral que el acusado criaba.

Igualmente recogió que cuando esta menor rechazaba esas prácticas, "la convenció para que no contara lo sucedido bajo la promesa de comprarle un pony y diciéndole, cuando aquella le dio que no lo quería que si lo revelaba pasaría algo malo".

Dice la Sala, que tiene como ponente al magistrado Abdón Díaz, que "la posición procesal de la acusación particular solo pudo ser conocida al formular únicas y definitivas conclusiones en las postrimerías del juicio, ya que no presentó escrito de acusación ni tampoco conclusiones provisionales, y su intervención no puede considerarse relevante".

Y concluye que no es merecedora del percibo de las costas porque su actuación fue "prácticamente inédita".