La Audiencia de Alicante ha confirmado la condena de seis meses de cárcel a un vecino de Torrevieja por enviar por Whatsapp vídeos sexuales de su expareja, así como la misma pena para ella por haberle agredido por la difusión de las imágenes, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Los hechos ocurrieron el 10 de febrero de 2016 cuando el acusado mandó a la actual pareja de ella una fotografía y dos vídeos de un encuentro sexual que tuvo con la mujer con la intención de que terminara la relación, según declara probado el fallo. El acusado había tenido una relación sentimental con la víctima durante 14 años. Una hora después del mensaje, la mujer fue a pedir explicaciones al acusado y fue ella quien le golpeó en plena calle.

Un juzgado de lo Penal de Torrevieja les condenó a ambos. A él, por un delito contra la intimidad y a ella, por malos tratos. La mujer había apelado la sentencia a la Audiencia para que revocaran su condena y pedir otra más grave contra el acusado por enviar el vídeo.

El juzgado de lo Penal había descartado agravar la condena porque no había quedado acreditado si el vídeo fue grabado sin el conocimiento de la víctima. La Audiencia recuerda que la propia Fiscalía sostenía que las dudas sobre si la mujer conocía o no estos vídeos no podían suponer una condena por hechos más graves. En cambio, la Audiencia ve sorprendente que no se haya valorado el perjuicio por la perturbación ilegítima en la intimidad de la mujer al mandar esas imágenes sin su consentimiento y fija en 1.000 euros el dinero con el que el acusado debe indemnizarla. Ella reclamaba 3.000 euros.

La mujer alegaba legítima defensa para justificar la agresión. Aunque la sala reconoce que hubo una ofensa, considera que ella tuvo una reacción desmesurada ante unos hechos ya consumados. La actuación de la mujer fue la de castigar a su expareja. "La reacción lógica para recuperar el honor no puede ser otro que la denuncia en la Policía", recalca el fallo.