Tenían un décimo a medias pero no era el del Gordo de Navidad. La Audiencia de Alicante ha absuelto a una mujer acusada de haberse apropiado de la mitad del primer décimo del sorteo navideño de 2012 que supuestamente habrían adquirido un hombre de 91 años y una mujer de 71 durante unas vacaciones en Benidorm. La acusada admitió que compraron a medias un décimo, el 72.690, que resultó agraciado con 100 euros y que la mitad del premio siempre ha estado a disposición del denunciante. Sin embargo, la acusada no ha admitido que el mismo día adquirieran a medias el 76.058 que resultó agraciado con el Gordo y que se pagó a 400.000 euros el décimo. El tribunal no ha considerado probada la compra y ha absuelto a la acusada, para quien la Fiscalía reclamaba tres años y seis meses de cárcel por un delito de apropiación indebida. La acusación particular pedía cuatro años de cárcel.

El denunciante sostenía que invitó a la acusada a pasar unos días con él en el hotel de Madrid en el que se alojaba, vacaciones durante las cuales compraron los décimos en la céntrica administración de Lotería de la calle Ruzafa de esta ciudad. El hombre sostenía que la mujer se quedó con los dos décimos y que nunca le entregó el dinero de los premios. Para acreditarlo había presentado una nota manuscrita en la factura del hotel en la que se hacía constar que jugaba diez euros de los dos décimos.

La Audiencia señala que la pareja dio versiones totalmente contrapuestas durante el juicio. Asimismo, el fallo valora también la «avanzada edad» del denunciante a la hora de valorar su testimonio, insistiendo en que durante la celebración del juicio mostró en ocasiones «cierta confusión» en sus manifestaciones. Ninguno de los testigos presentados por las dos partes tampoco ayudaron a resolver estas dudas, según la sentencia, ya que ninguno estuvo presente cuando se compraron los décimos.

Durante el juicio se aportaron hasta tres informes periciales distintos sobre la autoría de la nota manuscrita. Dos han sido rechazados por el tribunal por carecer de credibilidad, mientras que el tercero concluye que la letra en los dos documentos era de la acusada. Algo que el tribunal no da por probado dado que en el juicio el propio denunciante admitió que la nota manuscrita la escribió él mismo en una de las notas y parte de la segunda. Por tanto, la sala no considera probado que el décimo premiado con el Gordo hubiera sido comprado a medias por las dos partes.