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El letrado de la mujer de Benejúzar pide que se suspenda la pena por razones médicas

La defensa esgrime que concurren razones humanitarias y que el Código Penal permite paralizar el encarcelamiento para no agravar el estado de salud de la condenada por quemar al violador de su hija

María del Carmen García con su abogado en la Ciudad de la Justicia de Elche en junio de 2013. DIEGO FOTÓGRAFOS

Tras dos solicitudes de indulto denegadas por el Gobierno y una orden por parte de la Audiencia para que su representada ingrese en prisión, el abogado de la mujer de Benejúzar que quemó al violador de su hija ha pedido a la sala que suspenda la pena para no agravar la enfermedad mental que ésta padece, según el escrito al que ha tenido acceso este diario. El letrado Joaquín Galant plantea que la condenada sufre «una enfermedad my grave de trastorno adaptativo mixto con padecimientos incurables» a raíz de la violación de su hija en 1998, circunstancia que justificaría que la sala acordara la medida de suspender su entrada en la cárcel por motivos «estrictamente humanitarios». La mujer fue condenada a cinco años y seis meses de cárcel. María del Carmen García comparecerá ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial desplazada a Elche el próximo 8 de mayo para recoger la documentación para ingresar en la cárcel, fecha en la que sala podría responder a la nueva petición del abogado.

Galant plantea que el artículo 80.4 del Código Penal establece que «los jueces y tribunales sentenciadores podrán otorgar la suspensión de cualquier pena sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo». Por ello, incide en que María del Carmen García carece de otros antecedentes penales, está reinsertada y sufre una enfermedad mental incurable derivada de la violación que sufrió su hija.

El abogado recuerda que la existencia de estos problemas mentales resultaron acreditados en las sentencias dictadas en este caso tanto por la Audiencia, como por el propio Tribunal Supremo, hasta el punto que este último rebajó aún más la condena. El fallo consideró probado que la mujer sufrió una «explosión mental» al encontrarse en libertad al hombre que violó a su hija, que además fue a saludarla a la parada del autobús. Galant también incide en que tanto el tribunal como el fiscal dieron su apoyo a que María del Carmen fuera indultada al menos de la mitad de su condena.

«El beneficio que interesamos es de concesión discrecional, que implica la valoración de una serie de circunstancias que permitan determinar si por motivos estrictamente procede o no la aplicación del mismo», argumenta el letrado en el escrito presentado ayer ante la Audiencia. Por ello, recalca que está acreditado «hasta la saciedad que el trastorno adaptativo que padece le ha producido una merma en sus facultades que haría su encarcelamiento (...) especialmente gravoso, habida cuenta del ambiente hostil de la prisión».

El abogado narra en el escrito que tras la detención de María del Carmen por la muerte de Antonio Cosme, no pudo ser interrogada en los primeros momentos por encontrarse en estado de shock, hasta el punto de que el juzgado de guardia tuvo que ordenar que fuera reconocida por un forense. Durante el año que estuvo en prisión preventiva por estos hechos, tuvo que ser internada varias veces en el Psiquiátrico Penitenciario al sufrir ataques de ansiedad por la situación de estrés emocional a que estaba sometida. El letrado aporta los informes de la psiquiatra de María del Carmen García en los que dice que el ingreso en prisión «pondría en grave riesgo su salud (...), ensombreciendo aún más el pronóstico de su trastorno psiquiátrico», alertando de lo «extremadamente perjudicial» que sería la separación de su núcleo familiar y la privación de libertad.

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