Treinta puñaladas en el espacio de un minuto y siete segundos no puede considerarse ensañamiento. Éste fue el argumento que esgrimió la Fiscalía para reducir la pena que solicitaba para el hombre que mató a cuchilladas a su mujer en Ondara de 23 años a 17 años y seis meses de prisión. El jurado popular declaró ayer culpable de asesinato al acusado tras apenas dos horas de deliberación.

El crimen se produjo la madrugada del 5 de septiembre de 2009, cuando la víctima volvía a su coche en Ondara tras haber estado de copas por la zona de Dénia, cuando su marido la abordó cuchillo en mano tras haberla estado esperando. La pareja, que tenía tres hijos en común, estaba en trámites de separación, aunque la mujer había acogido a su pareja en casa después de que éste hubiera sido desahuciado. El hombre sufrió un ataque de celos esa noche pensando que su mujer estaba rehaciendo su vida con otra persona. Aunque ha reconocido el crimen, alega que estaba muy borracho y que en ese momento estaba fuera de sí.

La Fiscalía argumentó ayer que el ensañamiento en Derecho no tiene el mismo sentido que en el habla popular. "En un asesinato para que haya ensañamiento es necesario que el acusado haya intentado torturar a su víctima, causándole un dolor innecesario", explicó ayer la fiscal al jurado. En este caso concreto, la autopsia reveló que la víctima murió al cabo de dos minutos por la pérdida masiva de sangre, mientras que las treinta puñaladas se produjeron en un lapso de un minuto y siete segundos. Todas en vida. "Todo ocurrió muy rápido, lo cual nos indica que el acusado no quería hacer sufrir a su víctima. Sólo quería matarla", concluyó.

En cambio, la Fiscalía considera que en este crimen hubo alevosía, ya que el acusado se aseguró de que su mujer no tuviera ninguna posibilidad de defenderse cuando la acuchilló. "Deshinchó algunas de las ruedas del vehículo y después esperó a que se quedara sola y dentro del coche para abordarla", dijo.

A la petición de la Fiscalía se adhirieron las tres acusaciones particulares que estaban personadas en el proceso: la abogada del Estado, la letrada de la Generalitat Valenciana, así como la representante de la familia de la fallecida. Las tres se limitaron sumarse a las conclusiones de la fiscal. Por su parte, la defensa reclamó que se le aplicaran atenuantes por haber bebido esa noche, por haber sufrido un arrebato y por haber tratado de pagar las indemnizaciones a sus hijos.

El jurado popular apenas tardó dos horas en cerrar el veredicto, del que se hacía lectura pública después de regresar de comer. A pesar de que el acusado había reconocido los hechos, una cámara de seguridad grabó el crimen y otra vecina presenció la agresión, el veredicto no se cerró por unanimidad. Uno de los nueve miembros del jurado consideró que los hechos no habían quedado probados, aunque las fuentes consultadas por este diario no dieron más explicaciones sobre el motivo de este voto discrepante. El jurado le consideró culpable de un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión, porque el procesado se entregó en el cuartel de la Guardia Civil nada más cometer los hechos.

Durante su turno de última palabra, el procesado volvió a expresar su arrepentimiento por lo ocurrido. "Pido perdón a Dios, a mis hijos y a todas las mujeres. No me supe controlar. Aún muerta, la sigo amando todavía", aseguró.