La Audiencia de Valencia considera que no es delito vender Wonderbra y otras prendas de marca falsificadas en los mercadillos porque los compradores son conscientes de que no adquieren originales.

La Sección Segunda ha anulado una condena contra un vendedor del mercado del jueves del Cabanyal al llegar a la conclusión de que no cometió un delito contra la propiedad industrial.

El fallo incide en que los propietarios de las marcas tienen la vía civil para reclamar sus derechos. El acusado ya había sido condenado en junio de 2008 a seis meses de prisión y a seis meses de multa por vender productos falsos. La sentencia ahora anulada le imponía 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

El imputado fue detenido el 25 de junio de 2009 cuando ofrecía en un puesto de venta autorizado del mercadillo del Cabanyal "43 prendas íntimas femeninas que exhibían la reproducción de la marca Wonderbra, 197 de Playtex, 28 de Cacharel y 204 de Belcor". El fallo considera probado que el vendedor había comprado las prendas consciente de que eran imitaciones.

La Sección Segunda apunta en la sentencia que el Código Penal no castiga el comercio de productos falsos cuando los compradores saben que son de baja calidad porque no tienen una buena terminación y el canal de distribución es impropio para la venta de originales como la calle o un establecimiento de bagatelas.

Además, el fallo recoge que no se vulnera penalmente la propiedad industrial cuando los precios son irrisorios comparados con los originales y la forma de comercialización evidencia que se trata de meras imitaciones al estar la mercancía expuesta en el suelo o dentro de una bolsa abierta.

Los magistrados están convencidos de que los ciudadanos que van a los puestos del mercadillo del Cabanyal del jueves saben que no están adquiriendo productos de marca. Además, sostienen que este tipo de ventas tampoco perjudica a la industria "dado que su calidad, precio y lugar de distribución no reúnen las características propias de los originales" porque no van dirigidas al mismo tipo de consumidor.

Tolerancia administrativa

La sentencia destaca la tolerancia "político-administrativa a pesar del conocimiento general" de la venta de prendas falsificadas en los mercadillos "frente a la obligación legal de su denuncia por las autoridades, sus agentes o los propios ciudadanos".

Los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia cierran la sentencia insistiendo en que no es delito vender "en un puesto callejero diversas prendas de ropa interior de mujer similares a las auténticas" porque no hay engaño.

El vendedor del mercadillo no va a recuperar los productos falsificados que le intervino la policía ya que la Audiencia ha ordenado en la misma sentencia que se proceda a su destrucción al tratarse de prendas falsificadas. La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial es firme.