El Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid ha archivado la última de las piezas abiertas sobre la supuesta financiación irregular del PSPV-PSOE, que investigaba a raíz de una denuncia del PP, siguiendo los mismos pasos que otros juzgados de Gandía (Valencia) y Benidorm, al no apreciar delito.

La investigación sobre la supuesta financiación ilegal del PSPV-PSOE a través de la empresa de comunicación Crespo Gomar nació de la denuncia presentada en abril de 2018 por varios diputados autonómicos del PP y fue tramitada inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia.

Este Juzgado derivó la investigación a juzgados de Madrid, Gandía y Benidorm porque los expedientes de contratación adjudicados a la empresa de comunicación denominada Crespo Gomar se realizaron supuestamente desde ministerios y ayuntamientos.

El pasado mes de marzo el Juzgado de Instrucción número 3 de Gandía archivó la parte de la investigación relativa a la adquisición de un inmueble por parte de la Federación Valenciana de Fútbol en 2009 por 525.000 euros en una operación que fue subvencionada al 50 por ciento por el Ayuntamiento de esta localidad.

El inmueble cuya adquisición se ha investigado pertenecía al exteniente de alcalde socialista de Gandía Antonio Gomar, padre del gerente de la empresa de comunicación Crespo Gomar, Alberto Gomar, que trabajó para el PSPV y en varios ministerios en época del gobierno del PSOE.

En mayo el Juzgado de Instrucción número 1 de Benidorm archivó la parte de la investigación relativa a las contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento de esta localidad con dicha empresa.

Ahora la jueza de Instrucción 24 de Madrid archiva el procedimiento para investigar el expediente elaborado por órganos del Ministerio de la Vivienda en 2008 de adjudicación de un contrato a la empresa Crespo Gomar para la creatividad de la campaña de publicidad institucional de los contenidos del plan estatal 2009-2012 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

La magistrada acuerda el sobreseimiento de la causa al no apreciar que se hayan cometido delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos aunque remite lo actuado al Tribunal de Cuentas "a los efectos que proceda".

La jueza fundamenta que "ha de partirse de la dificultad que de por sí entraña acreditar el hecho de que hasta doce funcionarios del Ministerio de la Vivienda concierten su voluntad para alterar un procedimiento de contratación administrativa beneficiando al adjudicatario en detrimento de otros de los licitadores, además de ser unos hechos que acontecen en el año 2008".