Los miembros de las mesas electorales cobrarán una dieta de 65 euros y disfrutarán de un permiso retribuido durante el día de la votación, si es laborable, y una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día después de las elecciones si trabajan por cuenta ajena o son personal funcionario.

Así figura en el Manual de instrucciones para las personas que integrarán las mesas electorales en los comicios del próximo 28 de abril para el Congreso, el Senado y Les Corts Valencianes, que ha aprobado este viernes el pleno del Consell.

El manual también recuerda que los cargos de los miembros de las mesas electorales son obligatorios, de manera que se considera delito electoral que las personas que han sido designadas para integrar las mesas no se presenten el día de las elecciones para cumplir con este deber cívico.

El texto, que contiene toda la información que necesitan los miembros de la mesa electoral para cumplir con su deber esa jornada, establece que las mesas estarán compuestas por un presidente y dos vocales, designados por los ayuntamientos mediante sorteo público entre personas menores de 70 años que sepan leer y escribir.

El manual indica que las mesas electorales se formarán a las 8 horas y que a partir de las 9 horas se abrirán los locales para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto, hasta las 20 horas.

Tras el cierre de los colegios, se introducirán en la urna los sobres del sufragio por correo y podrán votar tanto los miembros de la mesa como los interventores de los partidos políticos acreditados, y acabado el recuento se prepararán tres sobres con la documentación oficial del proceso electoral.

Por otra parte, el pleno del Consell también ha tenido conocimiento de la Instrucción de la Junta Electoral Central del pasado 11 de marzo sobre la aplicación de la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.

La Junta establece que las mesas electorales deberán admitir el voto de cualquier persona con aparente discapacidad que se encuentre inscrita en el censo electoral, y en caso de que algún miembro de la mesa considere que el voto no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, "lo podrá hacer constar en el acta, pero no se impedirá que dicho voto sea introducido en la urna".