El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el artículo 3 de la Ley valenciana para paliar y reducir la pobreza energética, y contra varios artículos de la también ley valenciana por la función social de la vivienda. Según publica el BOE, el pleno del Constitucional acordó el pasado 28 de noviembre en una providencia admitir a trámite ambos recursos promovidos por el presidente del Gobierno contra las leyes valencianas. La decisión de Rajoy provocó un profundo malestar en el Consell del Botànic.

Respecto a la ley para paliar la pobreza energética, el recurso presentado se refiere al artículo 3 en lo relativo al suministro de electricidad y gas, al considerar que la ley autonómica establece un procedimiento que contradice los plazos previstos en la normativa estatal para el corte de suministro. El recurso contra la ley valenciana por la función social de la vivienda fue presentado contra los artículos 5.3 letra b; 6.1, en la medida que establece la acción pública frente a los órganos jurisdiccionales; 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19 y 23 en relación exclusivamente con el suministro de gas y electricidad (apartados 3 y 5). También va contra los artículos 30, 31 y 33 (apartado 2 y apartado 3, letras b y g), y los anexos I y II.

El Gobierno ha planteado recurso de inconstitucionalidad por si se incurre en extralimitación competencial y se invaden competencias estatales. El Gobierno ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. Precisamente, el pasado 30 de noviembre, las Cortes Valencianas aprobaron con los votos del PSPV, Compromís, Podem y los exdiputados de Ciudadanos instar al Consell a exigir al Gobierno de Madrid la retirada de estos recursos de inconstitucionalidad.