El reglamento que desarrolla la organización y funcionamiento de la AVI se publicó ayer en el DOGV y no entra en absoluto en sedes ni en el reparto de funcionarios. Sí recoge cuestiones fundamentales como las funciones de la Agencia, órganos de gobierno, la relación de los puestos de trabajo o la elección de su vicepresidente ejecutivo. De éste dependerá la Secretaría General, cuya contratación y cese tendrá que ser aprobada por el Consejo de Dirección de la Agencia.