Recientemente Italia ha ampliado el derecho a la legítima defensa que existía hasta ahora, sobre todo en lo que atañe a repeler agresiones que una persona pueda sufrir en el seno de su domicilio. La legítima defensa, en nuestro derecho y en el de la mayoría de los países occidentales, está considerada como una circunstancia eximente, lo cual quiere decir que la concurrencia de la misma hace que la persona a la que se le aplica quede exenta de responsabilidad penal.

Existen otras circunstancias eximentes, como la enajenación mental o el estado de necesidad, pero la de legítima defensa puede que sea la que más polémica genera, veamos por qué, pero antes de eso voy a contar un caso que apareció en los medios hace poco. Una persona, de edad avanzada, estando en su casa junto a su mujer, ve cómo unos intrusos, de madrugada, acceden violentamente a su domicilio con el objeto de robar, agreden tanto al esposo como a la mujer, con el objeto de obligarles a que dijeran donde tenían el dinero, en un momento dado el marido se zafa de sus agresores, consigue llegar a su habitación, donde tenía guardada un arma y dispara al aire para intimidar a los atracadores, una de las balas rebota y mata a uno de ellos. Este señor fue acusado de homicidio y en su día condenado, ya que no se le apreció cómo circunstancia eximente la legítima defensa. ¿Cómo puede ser? se preguntarán, ya que parece un caso claro.

Un problema surge con la interpretación que nuestros tribunales hacen del requisito de la proporcionalidad como elemento indispensable para apreciar la eximente. Los otros dos son la agresión ilegítima y la falta de provocación de la víctima, requisitos que, en este caso, por supuesto, se daban. Dice la jurisprudencia actual que para que exista legítima defensa, los medios utilizados para repeler la agresión deben ser proporcionales a ésta, lo que excluye la mayoría de los casos en los que los medios utilizados consisten en la utilización de armas. En este caso habría que probar, y que resultase bien probado en el juicio, la existencia de una agresión ilegítima grave, que justificara el uso de armas u otros elementos peligrosos.

¿Cómo cuánto de grave debería ser la agresión y cómo se prueba? La mejor respuesta a esta pregunta se la oí al Jefe de Policía de los Simpsons, Clancy Bigoon, cuando Marge Simpson le preguntó si tenía que tener clavado un puñal en la espalda cuando llegase la policía para que éstos creyeran que de verdad había sido agredida, el Jefe Bigoon le contestó que así era, no hacía falta que el puñal llegara hasta el hueso, pero sí que se sostuviera por sí mismo. Pues lo mismo, para que los jueces aprecien proporcionalidad en la legítima defensa, mínimo un cuchillo jamonero clavado en la espalda de la víctima, y de ahí para arriba. Los legisladores italianos creo que han hecho bien con la reforma del requisito de la proporcionalidad, ampliando así el derecho a la defensa en el propio domicilio, ya que hasta ahora solo se tenía en cuenta cuando un particular agredía o disparaba a un intruso, pero sólo cuando existía una evidencia de que éste era un ladrón. A partir de ahora, por lo menos en Italia, se va a considerar cumplido el requisito de la proporcionalidad, y por tanto se va a apreciar la legítima defensa siempre y en todos los casos que el particular sea agredido dentro de su domicilio.

Nos acercamos con esta reforma a la Castle Doctrine o Doctrina del Castillo, de gran tradición en el derecho americano, según la cual se exime de responsabilidad criminal todas aquellas personas que sufran la violación de su domicilio por un intruso de forma ilegítima. Creo que debería existir un debate serio en nuestro país acerca de la necesidad de, en el mismo sentido que Italia, ampliar el alcance de la legítima defensa, considerando que, siempre que haya una intromisión ilegítima en el domicilio de una persona por un intruso con intención clara de causar daño, esté justificado, y, por tanto, incluido dentro del requisito de la proporcionalidad, el utilizar cualquier medio al alcance de la persona amenazada dentro de su hogar para repeler la agresión.