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Violencia contra la policía, no policial, en el 1-O

Mal, muy mal lo están pasando los abogados en el juicio del 1-O ante la contundencia de las declaraciones testificales de los policías que actuaron ese día para evitar el referéndum judicialmente prohibido. Hubo violencia generalizada, de variada intensidad, que se concretó en agresiones a los funcionarios policiales actuantes en forma de lanzamiento de objetos, patadas, puñetazos, golpes con diversos efectos etcétera... Violencia que se contrapone al argumento de la simple resistencia pacífica, tampoco lícita cuando se concreta en una oposición a una resolución judicial y cuando no se limita a grupos más o menos reducidos, sino que se extiende a la mayoría de los miles de votantes que se enfrentaron a los cuerpos policiales. El mito de la violencia policial, los centenares de heridos producto de la represión ante ciudadanos pacíficos, se diluye ante la realidad, silenciada y oculta, pero que aparece siempre cuando y donde debe hacerlo.

De nada sirve, ante las declaraciones de los testigos, sostener que las agresiones tuvieron su origen en el uso de la fuerza por parte de la policía, pues ante una desobediencia a una orden legítima de la autoridad, aquella debe actuar, proporcionalmente, imponiendo la ley. Porque, sostener que ante el riesgo de reacciones violentas la policía debe inhibirse y permitir lo prohibido, es argumento banal, inconsistente y poco exitoso ante los tribunales. Menos aún, si como parece a juzgar por lo declarado, las agresiones se produjeron de modo inmediato a la presencia en el lugar de la policía, antes de que la misma actuara. Las alusiones de los abogados a que los ciudadanos levantaban las maños en señal de paz y que se limitaban a manifestar que querían votar, nada resta a la ilicitud de la resistencia, comprobadamente violenta por el contrario.

Que la violencia constatada sea suficiente para fundamentar un delito de rebelión o de sedición, es otra cosa, pues habrá que valorar muchas variables, entre ellas si existe relación entre las decisiones políticas ilícitas de los acusados y la actuación de los votantes y si la violencia tuvo la intensidad suficiente como para avalar delitos de tal gravedad. Que los mossos actuaran en la forma debida o que, por el contrario, se inhibieran o favorecieran la celebración del referéndum, tampoco está claro, siendo esta una cuestión que no parece haber quedado despejada ante las declaraciones contradictorias de unos y otros. Cerraron decenas de colegios electorales, más que la propia policía, pero, a la vez, se mostraron pasivos en otros, aunque se justifican en que carecían de números suficientes para una labor tan extensa.

Ante la evidencia de la violencia callejera, la mayoría de los abogados callan y no preguntan; seguramente porque cada una de las interrogantes les lleva a un escenario más negativo para sus clientes. Solo dos de ellos insisten en una vía que jurídicamente parece no tener salida válida para sus fines, pues, como se ha dicho, sostener que la resistencia pacífica, la oposición física a una orden judicial es irrelevante y que, ante situaciones de este tipo la policía debe inhibirse, es estrategia condenada al fracaso más absoluto. Mucho más lo es culpar a la policía de utilizar la fuerza, proporcional a la vista de los hechos narrados y los vistos objetivamente, pues la fuerza es obligada ante quien se niega a acatar la ley. Que la democracia, el querer votar, sea superior a la legalidad vigente, no parece argumento serio en una Sala de Justicia. No hay norma alguna que avale esta posición y ante los tribunales se juzga con arreglo a derecho. De ahí la extrañeza que causan ciertas interpelaciones y comentarios de algunas defensas. Muchas veces es mejor callar y, por supuesto, reflexionar y buscar argumentos más eficaces para la libertad de los patrocinados.

Otra cosa es que quieran demostrar, como parecen querer hacer, que la violencia tuvo su origen en la misma actuación policial, en el uso de la fuerza. Pero, no es esto lo que la policía manifiesta, diseñando un escenario en el que la violencia era previa y organizada. Y, en todo caso, aunque existiera violencia policial, oponerse a ella por la fuerza es delito de resistencia o atentado a la autoridad, pues la primera no justifica la segunda, ni los ciudadanos están legitimados nunca para combatir los excesos, de existir, con la misma violencia.

Un exceso policial, concreto y determinado, podría dar lugar a consecuencias respecto de quien así hubiera actuado, pero jamás deslegitimaría la actuación ordenada judicialmente, ni justificaría la violencia de los votantes en caso alguno, ni convertiría un acto ilegal, el referéndum, en legal.

Ante estas estrategias de la minoría de los abogados y su escaso bagaje jurídico, la mayoría guarda silencio, pues son conscientes de que el ataque a las fuerzas de seguridad y a las resoluciones judiciales y su carácter imperativo no son el camino adecuado. Y por eso las caras de algunos abogados de los que callan es un poema. Lo dicen todo aunque deban representar su papel con dignidad. Mal les van las cosas y día a día se percibe en el ambiente.

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