Mayans y Siscar, cuando se pregunta el porqué del nombre recoge la opinión del geógrafo Nubiense de que los griegos focenses la llamaron isla Planasia, los árabes Palnatsa, los castellanos Planesa y luego por su configuración isla Plana. Otro de los topónimos la relaciona con la población de Santa Pola. Según Escolano es una corrupción de Santa Paula que debe proceder del nombre Apolo o Palas, dios o diosa a los que estaba dedicada según el cronista Bendicho. Cerdán Tato proclama el desembarco de Pablo de Tarso en el Portus Illicitanus. La tradición dice que se fundamenta en la Epístola a los Romanos. Su hipotética estancia y predicación tuvo que producirse entre los años 64 y 66. También queda constancia de la visita en una carta fechada en el año 96 y dirigida a los Corintios por el Papa Clemente. También, Ramos Folqués comenta que una de las versiones del nombre de Santa Pola está relacionada con la presencia del Apóstol de las Gentes en su itinerario por España. Más recientemente Llobregat insiste en lo mismo.

La isla Plana, de Santa Pola o Nueva Tabarca siempre ha estado vinculada al término municipal de la villa de Elche hasta que, en el siglo XVIII, tras la repoblación pasó a depender administrativamente de Alicante. Desde el año 1770 es Alicante quien tutela la isla pero es en el año 1773 cuando pasa a integrarse en su término municipal como una pedanía más de Alicante. De momento, no hay documentación alguna que avale cesión de derechos de Elche a favor de Alicante pero lo que es muy cierto es que en la actualidad l'illa es un barrio de la capital alicantina.

Ramos Folqués, también, recoge un acuerdo del Cabildo ilicitano del día 5 de mayo de 1769 en el que se expresa un cierto deseo de la ciudad de Alicante de incorporar a su territorio la isla de Nueva Tabarca. El acuerdo dice: «Respecto de que con la Real Orden, según se tiene entendido, se están preparando algunas obras en la isla de Santa Pola, término y jurisdicción de esta villa, al parecer encargadas por la vía de Alicante, acuerda este Cabildo: Ponerse de conformidad con el Excmo. señor Duque de Arcos a efectos de que no se perjudiquen los derechos de su Excelencia y de esta villa cuantos respectivamente tienen en la expresada isla y su jurisdicción, y que por la novedad de las citadas obras y cualquiera otra disposición que se haya dado, no adquiera la ciudad y Justicia de Alicante derecho ni opción alguna».