Se habrán quedado sorprendidos por la expresión del título del artículo, aunque muchos lectores ya la habrán escuchado, porque si entran en los buscadores para averiguar su significado verán que el «edadismo» es la estereotipificación y discriminación contra personas o colectivos por motivo de edad. Engloba una serie de creencias, normas y valores que justifican la discriminación de las personas según su edad. Un concepto ajustado a una expresión que había que configurar para empezar a poner los puntos donde corresponda ante los reiterados fenómenos que se producen a las personas por razón de su edad. Y aunque se pueda entender que el mismo se extiende solo a las personas mayores también puede aplicarse a los menores de edad, ya que la discriminación a que se refiere este concepto se lleva a cabo por razón de la edad, sea esta cuál sea, aunque bien es cierto que su mayor reflejo lo encontramos en su aplicación a las personas mayores.

Pues bien, sobre esta cuestión he visto recientemente un vídeo que me mandaron por WhatsApp que realmente es digno que se vea y reflexione sobre esta materia realmente interesante. Y se refería a este concepto nuevo que lleva por nombre «edadismo» y, como estamos señalando trataba de reflejar, y que se reflexione sobre ello, de la modalidad de discriminación que se sitúa sobre la edad y que conlleva el abandono en que se deja a personas que son mayores, sobre todo, y a los que la sociedad deja de lado. Y creo que supone un acierto poner nombre a un tipo de discriminación que en el vídeo lo ubican como muchos otros que existen y se manifiestan cada día en nuestras vidas en muchas otras parcelas donde se discrimina a los demás por el mero hecho de ser diferente al concepto de referencia que una parte de la sociedad entiende que debe ser el «normal». Porque las sociedades han tratado de imponernos un concepto de lo que se entiende por normalidad y un parámetro que es el que debe presidir la vida. Y si alguien es diferente a ese parámetro ese sector trata de apartar a quienes así son.

La realidad que vivimos cada día nos demuestra que una parte de la sociedad piensa que las personas de edad ya no sirven y nos molestan. Porque les tratamos como si ya no pudieran prestar un servicio a la sociedad y parece que estorban. Y si reclaman algo porque lo necesitan la sociedad, llega a pensar que como no producen es una carga a la misma.

Pensemos, por ejemplo, en la gran cantidad de inconvenientes que deben sufrir los mayores por razones de accesibilidad cuando en su propia comunidad plantean que se haga una reforma para poner, por ejemplo, barandillas, o una rampa para reducir sus problemas de movilidad. Y ante esta justa reclamación resulta que en la comunidad de propietarios se les contesta que la ley exige que el coste de esa obra no debe exceder de una determinada cantidad para que sea obra obligatoria.

A estos efectos resulta realmente sorprendente que después de haberse proclamado en muchas ocasiones por los responsables que se introducen reformas para favorecer la accesibilidad, todavía no tengamos una norma que introduzca la obligatoriedad de la ejecución de obras cuando estén acreditados dos factores, a saber: que quien lo pide está legitimado para ello por razón de edad, o padecer una minusvalía, o que, objetivamente, exista una barrera que causa problemas a estas personas. En estos casos, las obras deberían ser obligatorias en las comunidades y no hacer depender su carácter obligatorio del coste. En cualquier caso, está claro que las administraciones públicas deberían aportar los medios económicos suficientes para ayudar y dar subvenciones para estos casos, ya que en muchos supuestos se ha agotado la partida de subvenciones si se solicitan ya avanzada la anualidad, o se deniegan sin más.

Por otro lado, cuando los ciudadanos escuchan una petición en este sentido y les molesta pagar por esa obra mientras se resuelve si hay subvención, o no, y, sobre todo, se olvidan de una regla que es de oro cual es la de que el tiempo corre para todos, porque la mayoría de edad nos llegará siempre, y lo que ahora no vemos necesario nos daremos cuenta de ello cuando pasen los años. Y en esos momentos se acordarán los opositores a esas medidas de reforma de las «razones» que expusieron cuando no querían que esa obra de adaptación se llevara a cabo.

Por último, el término también se usa con respecto a prejuicios y discriminación contra adolescentes y niños, como negarles ciertos derechos o ignorar sus ideas porque se los considera «demasiado jóvenes». El caso es introducir limitaciones y discriminaciones por razón de edad, y por ello se trata de un acierto introducir este concepto para abrir el debate y rectificar muchos errores. Que los hay.