Cuando finalicé mi tesis doctoral, ya va haciendo muchos años, me di cuenta del elevado número de personas que habían muerto en nuestra provincia a causa de inundaciones y temporales a lo largo del siglo XX. Alrededor de 200 personas, hasta donde permiten precisar las estadísticas en esta cuestión; casi todas ellas en la segunda mitad del mismo. Ni siquiera las obras de infraestructuras que en ocasiones se habían realizado para intentar contener las crecidas de los barrancos o los fuertes oleajes marítimos en la costa habían sido suficientes para evitar esas víctimas. Y en las más de las veces, no se había hecho nada para defender la vida de las personas que, por ignorancia o desconocimiento, habían expuesto su vida a la dinámica extrema de la naturaleza.

El artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) conmina a las autoridades a defender la vida y la seguridad de las personas («Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona»). Este principio no siempre se ha desarrollado y cuando se ha hecho, algunas actuaciones realizadas para reducir el riesgo natural, no permiten cumplirlo. En varios trabajos realizados en estos años donde se analiza el problema de la peligrosidad natural en nuestro territorio suelo terminar la argumentación con este artículo.

Lo principal, también en cuestiones de riesgos naturales, es defender la vida de las personas, garantizarles su seguridad vital. Pero, año tras año, comprobamos que eso no se consigue. Por tanto, el principio de la Declaración no se cumple. No es un problema único de la provincia de Alicante, ni de España como país siquiera. Es un problema global del mundo occidental, desarrollado, que ha hecho una lectura incorrecta del uso de la naturaleza, del medio natural, como mero escenario de uso y aprovechamiento para la satisfacción de sus necesidades y explotación de sus recursos, sin calcular las consecuencias de su actitud caprichosa y poco respetuosa con el medio ambiente.

Una curiosidad de la Declaración Universal de los Derechos Humanos es la falta de referencia al tema ambiental. No se hace mención a la necesidad de disfrute de un medio ambiente adecuado. Entonces, en plena posguerra mundial, esta cuestión aún no era prioritaria. Las Naciones Unidas enmendarían esta carencia en la Conferencia de Medio Ambiente de Estocolmo de 1972 y desde entonces, convertiría la cuestión ambiental en un eje prioritario de sus acciones.

En España la Constitución de 1978 dedicó un artículo específico, el número 45, al medio ambiente y aunque las normativas sobre esta cuestión que se han promulgado desde entonces, en ocasiones tienen un grado de cumplimiento algo laxo, es cierto que la preocupación por el tema ambiental ha ido, afortunadamente, creciendo. Colectivos ecologistas, asociaciones civiles y partidos políticos han integrado el medio ambiente en sus ejes de actuación. Unos por propia convicción ideológica; otros por mero oportunismo electoral. Y la entrada de nuestro país en la UE ha resultado determinante para el desarrollo de políticas ambientales en las diferentes escalas administrativas.

El medio natural a veces se comporta de forma extrema. El ser humano tiene la obligación de conocer la dinámica ambiental y respetarla. Y esto no siempre ha sido así. La segunda mitad del siglo XX ha sido especialmente aciaga en la transformación radical del territorio, a costa de espacios de valor natural, patrimonial y de riesgo. Esto último, además, pone en riesgo, como hemos visto, la vida humana. De ahí que en este aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sea necesario recordar que toda intervención en el territorio debe tener en cuenta la obligación de garantizar la vida de las personas. A nadie se le ocurriría instalar una casa en medio de una autopista, para que allí viviera gente. Sería un suicidio. Pues bien, lo mismo debe hacerse en los cauces fluviales. Y tenemos numerosos ejemplos de viviendas instaladas en pleno cauce. ¿Quién ha dado el permiso para que eso esté así?, ¿o no ha habido permiso? En un caso u otro, se trata de un incumplimiento de responsabilidades por parte de las autoridades que, entre otras cosas, tienen también la obligación de «garantizar la vida y la seguridad de las personas». Ya lo decía la Declaración en 1948. Y parece que no lo entendemos.

Hoy lunes, 10 de diciembre, en el Aula de Cultura (Doctor Gadea, 1) a las 20.00 horas, se proyectará Cuestión de actitud de Panos H. Koutras.

Empieza el seminario «El declive de los derechos humanos» en el salón de Grados de la Universidad de Alicante a las 10 de la mañana: Inauguración, ponencia de la profesora Mónica Moreno sobre El siglo XX, el siglo corto. Ponencia de la presidenta de Amnistía Internacional Arancha Vicario sobre El pacto internacional para la consecución de los derechos económicos, políticos y sociales.