P iano, piano si va lontano. Se ha de recordar que el pleno del Congreso vino en aprobar en septiembre del año pasado un texto propuesto por todos los grupos parlamentarios para insuflar vida a un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género y Doméstica. Hay derechos fundamentales en juego como la igualdad (art. 14 CE), el derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15 CE), debiendo el poder público remover obstáculos para que eso no suceda (art. 9.2 CE). La violencia de género se ha cobrado la vida de 947 mujeres en toda España desde el año 2003; tantas como la banda criminal ETA en más de 40 años. Tristísimo. Dicho pacto había sido elaborado sobre la base de propuestas formuladas, en 43 sesiones, llevadas a efecto por 66 expertos/as en violencia contra las mujeres, dando sus opiniones en la Subcomisión creada ad hoc. Se colige, entre todos, que debe haber una ruptura del silencio y un reforzamiento de la prevención. Esto es un claro espacio público que nos concierne a todos, nada recóndito, pues.

La educación es nuclear para superar el presente estadio: (I) reforzar valores de igualdad, (II) prevención de violencia, así como (III) la educación afectivo- sexual. Hay que introducir novedosos indicadores de seguimiento en los protocolos contra el acoso escolar. La implicación de los medios de comunicación es básica para trocar la situación y no difundir ideas sexistas. De ahí la necesidad de poner en funcionamiento un Código de Publicidad no Sexista. Hay que luchar contra la brecha salarial entre hombres y mujeres, debiendo las empresas de una determinada entidad elaborar propuestas contra el acoso laboral. Esta es la realidad que viene, que está aquí.

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, son al fin y a la postre, los receptores de la delincuencia de género. Y pesa sobre ellos una intensa labor que les supera. No puede ser que hagan jornadas maratonianas, terminando muchos de ellos a altas horas de la tarde. Eso lo vemos en el día a día de la praxis. Se conforman unidades de apoyo en el ámbito municipal para identificar posibles víctimas, sin necesidad de que exista denuncia penal previa. Se debe fiscalizar que en las empresas, obligadas por norma, se aprueben los planes de igualdad. Hay en consecuencia, todo un torrente de medidas que progresivamente deberán ser implementadas y anudadas con el necesario soporte presupuestario.

Así, en el BOE del pasado sábado 4 de agosto, se da otro pasito más aprobando el Gobierno vía Decreto-ley - instrumento normativo que considero no adecuado para estas materias- unas medidas urgentes para el desarrollo parcial del meritado Pacto de Estado. A través de esta norma de urgencia modifica algunos preceptos de la Ley Orgánica 1/2004 (primera norma aprobada por el Gobierno Zapatero) que no tienen dicho rango de ley orgánica. Se da una respuesta efectiva en relación a la asistencia a las víctimas y a sus hijos e hijas menores. Esta norma de urgencia tiene por finalidad fortalecer la tutela judicial y el acceso a la justicia y a los recursos de asistencia a las víctimas. Se trata de una mayor participación de la víctima en el proceso penal. Los colegios de abogados y procuradores deben ponerse las pilas para las designas inmediatas y urgentes de los letrados y procuradores del turno de oficio. Debe asegurarse su inmediata presencia. El letrado deberá tener incluso la representación de la víctima hasta la personación de la misma en el proceso. Esto se engarza con la permisión a la víctima de personarse como acusación particular «en cualquier fase del procedimiento».

Los títulos habilitantes para acreditar la condición de víctima se amplían: no sólo sentencia, también orden de protección, o cualquier otra resolución judicial que acuerde medida cautelar, informe del Ministerio Fiscal que observe indicios, informes de los servicios sociales municipales, servicios especializados o servicios de acogida. Estos títulos propiciarán el acceso a las ayudas públicas pertinentes. Además va a ser una competencia básica de los Ayuntamientos, introduciéndose en el art. 25.2 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, según la Disposición final primera: o) «Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género». Debemos estar todos unidos en esta gran batalla de la igualdad.