En ningún Estado democrático puede haber una tumba de un dictador que sirva para enardecer su figura y rememorar la victoria de un bando en una cruenta guerra civil. Por ser el Valle de los Caídos pura exaltación de la victoria y de la represión debe darse una solución final y definitiva a este monumento de la discordia, el asesinato y el desprecio por la vida humana. Los pasos hacia su definitiva desaparición se dieron en los últimos meses del segundo Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero con la creación de una comisión de expertos que reflexionaron sobre este mausoleo, primeros pasos que, tras el paréntesis forzado por el Partido Popular, vuelven a darse con la firme decisión del actual Gobierno de exhumar los restos del dictador Franco para entregárselos a la familia o, en caso de que se nieguen a recibirlos, enterrarlos en el osario común de algún cementerio.

Pero para llegar a esta situación ha habido que recorrer un largo camino de reivindicación de la justicia, de la libertad y de los derechos humanos en el que, partiendo de lo más inmediato, es decir, localizar y hallar los restos de las decenas de miles de españoles enterrados en cunetas de media España, se ha llegado hasta el último escenario que durante años fue sólo una quimera: que la tumba de Franco deje de ser noticia.

Un largo camino plagado de esfuerzos -colectivos e individuales- de miles de personas anónimas que han dedicado su tiempo y su determinación a que la derecha española y democrática entienda de una vez que no debe sentirse heredera del franquismo.

Durante la última legislatura municipal de Sonia Castedo, el entonces portavoz del grupo municipal socialista, Miguel Ull Laita, presentó una moción para su discusión en el Pleno del Ayuntamiento de Alicante relativa a la elaboración de un catálogo de símbolos franquistas presentes en la ciudad de Alicante para su eliminación. Esta moción fue rechazada por la mayoría del PP. Consecuencia de ello fue el recurso que presentó Ull frente al Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alicante de 28 de diciembre de 2014 -que denegó la admisión de esta moción- por incumplir el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, recurso al que se opuso el Ayuntamiento por existir causa de inadmisibilidad conforme al artículo 69.C) de la LJCA.

La magistrada María Begoña Calvet Miró, titular del Juzgado número 4 de lo Contencioso Administrativo de Alicante, dictó sentencia número 102/2015 de fecha 27 de marzo de 2015 por la que inadmitió el recurso del portavoz socialista alegando dos razones. En primer lugar, porque el asunto no era competencia del Pleno habida cuenta ya existía desde el año 2010 un grupo de trabajo para la «elaboración de un informe con recomendaciones de los cambios a realizar», siendo por tanto competencia de la Junta de Gobierno Local y no del Pleno de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas. En segundo lugar, por no haber vulneración del artículo 15 de la Ley de la Memoria Histórica habida cuenta la existencia del grupo de trabajo.

Recurrió pertinaz Miguel Ull el fallo de instancia en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) que, por sentencia número 1.070 y con fecha 27 de diciembre de 2017, decidió no sólo revocar la sentencia dictada por la magistrada Calvet Miró sino que, al mismo tiempo, dio un fuerte varapalo a su fundamentación jurídica. Así, confirma el TSJ que la moción presentada por el PSOE alicantino sí que era asunto de competencia del Pleno del Ayuntamiento y, por tanto, el recurso contra su denegación fue admisible. En segundo lugar aclara, y no es asunto menor, que la moción solicitando la elaboración de un catálogo de vestigios fascistas se rechazó no porque no fuera de la competencia del Pleno sino porque el PP no quiso que se tuviera en cuenta, que no es lo mismo.

Aclara también el TSJ que la competencia para la admisión de la demanda no era de la Junta de Gobierno y que por tanto la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente. Pero, sobre todo, lo que de importante tiene esta sentencia del TSJ es la lección moral que da sobre lo que entiende debe ser el cumplimiento de la legalidad, en este caso la Ley de Memoria Histórica. Recuerda el TSJ que el grupo de trabajo nunca tuvo en realidad ninguna intención de acabar con los vestigios franquistas en Alicante al ser dirigido por el Partido Popular. Entre 2010 y 2014, y a pesar de lo ordenado por la ley citada, sus únicos actos fueron aprobar la colocación de una placa conmemorativa en el Campo de los Almendros y aprobar la instalación de un monumento en la Plaza 25 de Mayo recordando a las víctimas del bombardeo del Mercado de Alicante. Y eso tras los esfuerzos ímprobos del PSOE. Para el TSJ, trabajar, lo que se dice trabajar, no fue el fuerte de los responsables municipales populares.