Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribuna

Una obra para la historia

El 6 de marzo de 2015 se firmó el contrato de concesión de Nuevo Mercado Central de Elche con una inversión de 10.400.000? más el 21% de IVA, lo que supone un total de 12.584.000?.

En su tercera cláusula, se establece que la obra será financiada por el concesionario que, en todo caso, asumirá el riesgo de la inversión realizada. Si durante la ejecución del contrato o como resultado de las excavaciones arqueológicas deviniese la imposibilidad de ejecución del objeto del contrato, se entenderá que forma parte del riesgo asumido por el concesionario sin que pueda dar lugar, en ningún caso, a indemnización de los gastos en que hubiere podido incurrir.

A la firma de este contrato, ya habían aparecido los restos arqueológicos de los Baños Árabes en la plaza Menéndez y Pelayo, que supuso que el proyecto recibiera su primera modificación, pues la rampa de acceso a los aparcamientos estaba situada precisamente donde aparecieron los restos, pero además se nos presentó un refugio que nadie había previsto.

Dando cumplimiento a las condiciones del PRI, la empresa concesionaria realizó otra excavación, incompleta, cuya justificación fue que el edificio estaba ocupado por los placeros que no aceptaron ir al Mercado Provisional por lo que no se pudo dar a conocer a toda la ciudadanía la continuación de los Baños Árabes ya descubiertos. Esta cuestión es importante ya que de aparecer la continuidad de los Baños haría retranquear, otra vez, el pretendido proyecto.

En septiembre pasado fueron desalojados los placeros que ocupaban la planta primera del edificio, dando lugar a que la empresa haga otras excavaciones arqueológicas previas al derribo del edificio. Transcurridos 2 años y 8 meses de la firma del contrato, no cumplido, estamos a la espera de dichas excavaciones.

No se debe pasar por alto un nuevo elemento: la modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, según la cual, tienen la consideración de Bienes Inmuebles de Relevancia Local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, el patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana.

Añade que, sin perjuicio de su reconocimiento legal de Bien de Relevancia Local (BRL) a la entrada en vigor de esta ley, la Conselleria, con la colaboración de la Junta de Valoración de Bienes, deberá ejecutar un inventario específico de estos bienes en el que se diferenciará explícitamente entre bienes protegidos y bienes sólo a documentar, conforme a su relativa importancia patrimonial. Con la promulgación de esta Ley, el refugio que hay debajo del Mercado Central es un BRL. La empresa ha soportado ciertos gastos como la fianza definitiva por importe de 610.000?; las excavaciones que pagó Pimesa y que se las abonó posteriormente la concesionaria; los gastos del Mercado Provisional (pero también hay que añadir que los placeros allí instalados ya llevan pagando el alquiler durante 2 años y 4 meses, junto con el canon abonado por éstos al 75%. Que se sepa, el Ayuntamiento no recibe cantidad alguna por el uso provisional de los terrenos) las excavaciones que han finalizado; los sondeos geotécnicos que se están realizando ahora y cuya justificación aparece como para añadir más valor, ya que de suspenderse todo, habrá sido un gasto superfluo; y las excavaciones que se van a realizar. No sabemos si la empresa ha realizado otros gastos.

Tras esta exposición de hechos, es el momento de hacer propuestas viables para intentar encontrar vías de solución, pues queda claro que el contrato no se puede cumplir haciendo caso a su cláusula tercera. Existen, al menos, dos posibilidades:

1. El Ayuntamiento rescinde el contrato porque el Equipo de Gobierno así lo decide dando cumplimiento a su programa electoral. Y si hay el correspondiente acuerdo, se realiza la suma de los gastos debidamente justificados en la realización del Mercado Provisional y se le pagaría a la empresa concesionaria, una vez deducidos los meses que ha estado operativo y que no ha aportado ningún importe a las arcas municipales.

2 Es la Consellería la que considera que hay suficientes elementos como para considerar la inviabilidad del proyecto en aplicación de la cláusula tercera del contrato.

Quedarían dos cuestiones por aclarar si se aplica cualquiera de ellas:

¿Qué pasa con el Mercado Provisional?

Ante la imposibilidad de restaurar a corto plazo la zona verde en donde está ubicado actualmente, el Defensor del Pueblo sugiere al Ayuntamiento que se transfiera la superficie de ocupación a otro lugar mediante una modificación del PGOU, según escrito remitido al Ayuntamiento.

¿Qué pasaría con el edificio del Mercado Central?

Se convocaría un concurso de ideas para la REHABILITACIÓN del edificio del Mercat Central d'Elx y de su entorno, ligado a la peatonalización del Centro Histórico de la Ciudad y a su dinamización social, cultural, comercial y turística.

Las opciones son variadas: convertirlo en Centro Social, habilitarlo para locales de restauración, puestos de mercado tradicional, oficinas municipales, etc.

No se puede olvidar que la peatonalización de la Corredora y de la Plaça de Baix supondrá la recuperación de un espacio vital para conseguir que el centro histórico tome la relevancia que se merece y, unido a la rehabilitación del edificio del Mercado Central, la musealización de los Baños Árabes y de su entorno, se crearán condiciones para que la ciudad comience, desde un centro compacto y peatonal, la expansión del mismo hacia todos los sectores de influencia.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats