La dedicación a lo público exige un plus. En lo público hallamos la idea sublime del «interés general» que subyace en su esencia. Y como decía Ortega y Gasset: «En tanto que haya alguien que crea en una idea, la idea vive». Es verdad que los fenómenos de corrupción empresarial, institucional y política han sido letales para generar el decaimiento y desafección de la ciudadanía hacia las instituciones y, si me apuran, hacia el propio modelo de partidos, con una proyección endogámica, arcaica y puramente piramidal, sin más. Llama poderosamente la atención que las Cortes de la Comunidad Autónoma de Aragón hayan aprobado la Ley 5/2017, de 1 de junio, denominada de «Integridad y Éticas públicas» (BOA de 16 de junio). Contemplamos cómo una asamblea legislativa autonómica se ha atrevido a normar, entre otros aspectos, sobre comportamientos cívico-morales.

El preámbulo de la ley refiere, como alicorta, que la respuesta a la negritud que hemos vivido durante todo este tiempo -que parece una eternidad, anudamos- sea sólo el impulso de actuaciones judiciales o adoptar sesgos estéticos puramente partidistas para «lavar» imagen. Señala que es indispensable «una acción sostenida de inmersión del conjunto de las instituciones y de la sociedad entera en la cultura de la integridad en general y de la ética pública en particular».

Tenemos que interiorizar socialmente que la democracia se estructura sobre tres pilares esenciales: a) la transparencia (no hay nada que esconder); b) la participación activa (no a ser meros convidados de piedra durante cuatro años, ni hallarnos en sempiterna actitud genuflexa); y c) la integridad y éticas públicas (confianza absoluta en la honradez de quienes nos representan, y que se van a mover por criterios de objetividad y desinterés). Este rubicón todavía no lo tenemos ni asumido, y mucho menos superado. Nos hallamos en ese proceso de deglutir esa exigencia social. De cualquier forma es tremendamente positivo, y de mucho interés -por la sensibilidad que se proyecta en su seno- que emerjan estas iniciativas desde algunos poderes públicos subestatales. Normar significa imponer, exigir, obligar al respecto sobre determinados comportamientos por la consecuencia coercitiva que se deriva. Nos hallamos ante el derecho positivo.

Naturalmente que esas exigencias morales deben ser aprendidas en la escuela, en un proceso educativo desde nuestra más tierna infancia. Y que esa educación, esos valores que nos han sido insuflados en el centro docente los veamos hechos realidad cuando, siendo más talluditos, nos acerquemos a las instituciones. Y observemos, por ende, la simbiosis entre prédica y realidad. Esta ley propone un tratamiento integral de ese conjunto nada corpóreo que es la integridad y la ética en lo público (escuela, estatutos de altos cargos, publicidad de la actividad de los lobbies, instrucciones sobre órganos de fiscalización previa, estatuto del denunciante, introducción de principios como los de buena fe, confianza legítima, transparencia y servicio efectivo a los ciudadanos, etcétera).

Esto es un avance, a partir de la época decadente que hemos vivido. Y parafraseando al filósofo alemán Vaibinger, Hans: «Todo progreso no es sino un error constantemente rectificado». Se trata, por tanto, de corregir para progresar. Bienvenida sea esta norma.