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José María Asencio

¿Es Espinar hijo un simple testaferro de su padre?

La operación inmobiliaria de Espinar, a la que todos los medios de comunicación están dedicando páginas y horas y en la que Podemos solo ve normalidad, no parece otra cosa que un negocio tras el que se esconde una cosa distinta a su apariencia. Un negocio inmobiliario en el que concurren varias personas y en el que Espinar hijo es un simple testaferro o así lo parece. Simplemente porque éste jamás aportó ni un solo euro en la operación.

No otra conclusión se obtiene de las explicaciones insuficientes y nunca documentadas del dirigente de Podemos. El auténtico comprador del inmueble fue el padre de Espinar, persona con influencias políticas, que aparentemente utilizó para hacerse con un piso que era accesible a su hijo menor, que carecía absolutamente de bienes y medios, para posteriormente venderlo y obtener una ganancia meramente especulativa. Espinar hijo en este asunto no es sino un simple interviniente a nombre de un tercero. Su carencia de medios en todo momento y su edad inclinan a pensar que esa y no otra es la realidad de los hechos.

Desde esta perspectiva todo se explica y encaja a la perfección. De la forma en que lo cuentan los afectados externos, todo cae por su propio peso y no soporta una crítica mínimamente rigurosa. Y lo que llama la atención es que nadie haya siquiera insinuado lo que es o aparenta ser evidente. Trabajar con la hipótesis de una compra por Espinar hijo, no resiste un mínimo análisis económico o jurídico.

Veamos. La cooperativa concedió a Espinar hijo, en el marco del quince por ciento que se reserva, un piso público. El padre de Espinar, persona vinculada con la referida cooperativa por su militancia sindical y que tenía contacto directo con el alcalde de Alcobendas al ser ambos compañeros en el consejo de administración de Caja Madrid, logró que uno de los pisos concedidos discrecionalmente le fuera adjudicado a su hijo, que ni tan siquiera figuraba en la lista de peticionarios. Y esta elección discrecional y política es absolutamente relevante para comprender los hechos, por cuanto la condición para ello era la edad que el hijo tenía. No existía otra, así como tampoco motivo alguno que explique la razón de su elección.

Espinar hijo confiesa que no tenía dinero y que se lo prestó su padre, lo que no acredita, ni declara a Hacienda. Alega que lo vende posteriormente porque carece de medios para hacerse cargo de la hipoteca. Argumento éste absurdo, pues si al momento de la venta no poseía recursos, tampoco los tenía al de la compra, ni expectativa alguna cierta de conseguirlos. Tampoco explica cómo pagó las cuotas en el tiempo en que mantuvo la propiedad, ni lo prueba.

No cae en desgracia Espinar hijo y por eso vende el piso. Nunca tuvo bienes, ni medios, de modo que su incapacidad para pagar lo adquirido existió desde el momento mismo de la compra. Un préstamo de su padre no probado, unos pagos a la cooperativa durante tres años, que tampoco prueba y de la hipoteca durante varios meses, que tampoco expone documentalmente en relación con el origen de los ingresos. Nunca, pues, tuvo solvencia y fue su padre el que aportó el dinero en su integridad.

Si el padre presta y consigue, debe entenderse que paga y cobra y que el hijo es una mera fachada de un negocio familiar redondo fruto de las relaciones personales o políticas. Porque, a día de hoy, tampoco se acredita el destino de los miles de euros, treinta mil brutos, que consiguió con la venta. Un máster de tres mil euros y un ordenador cuestan mucho menos que esos treinta mil euros, cuyo destino no parece que fuera la cuenta de Espinar hijo. Éste nunca ha declarado ese ingreso, ni consta que haya dispuesto de lo que pudiera estar en otro sitio. Ese dinero no se refleja en cuenta alguna de Espinar hijo atendiendo a sus declaraciones y manifestaciones.

Vistas así las cosas, el negocio no solo no sería ético, sino que tampoco sería legal. Y cuando se trata de un senador, se deben investigar conductas de extrema gravedad. De haberse producido una operación fraudulenta, de haber intervenido Espinar hijo aportando su nombre para la obtención de un lucro indebido, las consecuencias serían mucho más graves que las aparentes. E, insisto, a falta de acreditación documental de lo afirmado, de las contradicciones en los argumentos ofrecidos y de la inexistencia de rastro alguno de los ingresos obtenidos por la venta en las cuentas de Espinar hijo, los hechos deben ser investigados por la vía adecuada, no necesariamente la penal o sí. Espinar ha de aportar documentos bancarios y declaraciones tributarias en relación con los préstamos que aduce y los ingresos de la operación. En caso contrario, no solo ha de dimitir, sino que los hechos han de ser investigados de forma inmediata dada la apariencia ilícita de la operación.,

Obviamente, todas estas afirmaciones se hacen desde el respeto a la presunción de inocencia y como mera hipótesis. Un personaje público tiene que estar sujeto a la crítica y los Espinar son ambos políticos profesionales.

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