Los estatutos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) son muy claros al definir: «Ser consejero de la CAM es un honor», es por ello que tradicionalmente a los consejeros solo se les pagaban los gastos que les ocasionaba acudir a los actos del consejo. En los últimos años de la caja, las dietas que cobraban los consejeros estaban entre los 3.000 y los 6.000 euros anuales, en función de si tenían que viajar y pernoctar para acudir a las reuniones del Consejo de Administración.

Está claro que estas retribuciones eran muy bajas para ser consejero de la cuarta caja española y por ello deberían haber sido modificadas al alza. La solución era muy sencilla: convocar a la asamblea general y proponer cambiar los estatutos para poder retribuir a los consejeros acorde con los tiempos actuales y la importancia de la caja. ¿Por qué no se hizo?, pues en mi opinión fue porque era fácil proponer doblar o triplicar lo que cobraban, pero era muy fuerte proponer multiplicarlas por 100. Los directivos no se atrevieron a proponer nada y buscaron otras alternativas para pagar mejor a sus consejeros. Es posible que esto, tal como afirma Martín Sevilla, lo iniciara el expresidente, ya fallecido, Vicente Sala, pero lo cierto y verdad es que su apogeo se produjo cuando Roberto López era el dueño y señor de la caja.

La fórmula que encontraron para poder pagar más a los consejeros fue la siguiente: nombrarlos también consejeros de empresas filiales de la CAM y mantener la siguiente teoría: los estatutos de la CAM impiden pagar más a los consejeros, pero no dice nada de las empresas filiales que se rigen por sus propios estatutos y por lo tanto son libres de pagar lo que quieran. Sí, pero no, esto sería lógico si la función a desarrollar en las filiales fuera más importante que la que debían desarrollar en el consejo de la CAM, pero ha quedado demostrado que los consejos de administración de las filiales no tenían ninguna función y es que además en muchos casos no se llegaban a celebrar en todo un año.

En el caso de las dietas de Modesto Crespo, entiendo perfectamente que el fiscal pida tres años de prisión para Gil Terrón, Sevilla y Esteban, mientras que para el resto de consejeros solo pide dos años, por una razón: los tres citados formaban la comisión de retribuciones, órgano que recibió (supuestamente) la orden de Roberto López de proponer al consejo el pago de las dietas de Crespo, lo revisó, aprobó y lo propuso al pleno del Consejo de Administración. Muchos miembros del consejo dicen que en el pleno se propuso lo del nombramiento de Crespo como presidente de Tinser, pero nada se dijo de lo que iba a cobrar. A mí esto me parece una tontería, porque la mayoría de ellos ya venían desde el año 2005 cobrando dietas de empresas filiales llegando el montante de lo cobrado hasta 5.558.200 euros (por cierto, se habla mucho de los 600.000 euros de Crespo y nada se dice de estos más de cinco millones) y por lo tanto un mínimo de curiosidad les tenía que haber llevado a leer el acta para enterarse de cuánto iba a cobrar «el presi».

Para poder dar mi opinión sobre la legalidad o no de las dietas yo siempre pongo un ejemplo simple para que el lector no formado se haga una idea. Imaginemos un hotel donde existe un consejo de administración y sus miembros cobran 3.000 euros anuales. Por razones fiscales se decide que el restaurante y el salón de baile se declaren empresas independientes pero siguen siendo propiedad y parte del hotel. Un día se nombra un consejo de administración para el restaurante y otro para el salón de baile y como consejeros son nombrados los mismos que ya figuran en el consejo del hotel, pero eso sí, aquí perciben 100.000 euros anuales. Mi pregunta es: ¿Cómo es posible que se cobre menos por ser consejero de un todo que por ser consejero de una parte?