El martes pasado acudí al Centro de Estudios Políticos y Constitucionales a la presentación del libro «El derecho a la participación política de las mujeres. El impacto de la Ley de Igualdad en las elecciones a las Cortes Generales (2004-2008-2011)». En él se reflejan parte de los resultados de un proyecto de investigación realizado por varias profesoras que integramos la Red Feminista de Derecho Constitucional. Como saben, la Ley de Igualdad de 2007 modificó la Ley Electoral estableciendo el requisito de que las candidaturas electorales integraran a ambos sexos en un porcentaje no inferior al 40% ni superior al 60% en cada tramo de 5 puestos. Algunas normas electorales autonómicas establecen un porcentaje del 50% exigiendo, además, que se haga en forma de «cremallera», es decir, alternando mujeres y hombres. Es el caso, por ejemplo, de las elecciones al Parlamento andaluz que se celebran hoy.

En aquel acto escuché todos los argumentos que contra la paridad se esgrimen de una forma más o menos velada. Por razones de espacio, sólo aludiré a los más comunes. Hubo quien llamó la atención sobre lo «divertido» que resultaba el tema en un foro en el que las actividades que se programan no suelen versar sobre «estas cuestiones de las mujeres». Como lo leen. En lugar de avergonzarse de excluir a la mitad de la población, alardean de ello, lo que pone al desnudo no sólo su prepotencia, sino su ignorancia.

El argumento recurrente a la meritocracia es ya un clásico. «Que vaya en las listas quien valga» es algo que sólo escuchamos a partir de la obligatoriedad de que ambos sexos conformen las candidaturas. Debe ser que cuando las listas eran casi exclusivamente masculinas porque no había garantías para que no fuera así, todos ellos valían un potosí y no había ni un mediocre.

Y, por resumir, no podía faltar la opinión, muy generalizada, que acepta que el establecimiento de cuotas electorales es actualmente imprescindible para garantizar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en política pero que, llegado el día en que dicho equilibrio se «normalice», las cuotas serán innecesarias y se podrán suprimir ¿Perdón, cómo dicen? Si se «normaliza» este equilibrio ¿qué molestias puede causar entonces la pervivencia de los mecanismos normativos que garantizan su mantenimiento? ¿Acaso plantean suprimir de la Constitución algún día los valores de justicia, igualdad, libertad o pluralismo por considerar que ya los hemos alcanzado? ¿Por qué sí, entonces, se lo plantean respecto de la paridad? La paridad es un componente constitutivo de la democracia. No conozco pueblo alguno compuesto sólo o de forma abrumadoramente mayoritaria por un sexo. Si prescindimos de la paridad, no se puede hablar de democracia. Si acaso, será una democracia sólo nominal.