La decisión de los administradores del FROB en la CAM de paralizar el acuerdo tomado por el Consejo de Administración de la CAM el mismo día 21 de julio de 2011 en el que se solicitó la intervención del Banco de España, ha abierto otro frente de discusión pública de innegables consecuencias para el futuro de la entidad y para los inversores de estos títulos.

Se ha dicho de este acuerdo que se pretendía hacer un pulso al Banco de España, tratando de preservar a los pequeños inversores (el tramo minorista de la emisión) sin tener en cuenta la posible descapitalización que esto significaba. Si bien es cierto que la preocupación por la situación de los poseedores de estos títulos es cierta (¿alguien puede pensar que la misma sea ilógica?), no es cierto que la decisión fuera tomada sin tener en cuenta las opiniones del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Más bien al contrario, ya que se aludió precisamente a las opiniones de estos organismos para refrendar dicha decisión, como no podía ser de otra forma.

El argumento principal para el acuerdo era que las cuotas participativas no podían formar parte del capital del Banco CAM, ya que esos instrumentos estaban pensados solamente para las cajas de ahorro y no para los bancos, por lo que las mismas no podían ser transferidas (al igual que se hizo con el resto de activos y pasivos transferidos de la CAM al Banco CAM). Desde el Consejo de Administración de la CAM se insistió en que lo correcto en esta situación hubiese sido transformar las cuotas de la CAM en acciones del nuevo Banco CAM a través de alguna fórmula de conversión que permitiera a los cuotapartícipes tomar la decisión de ese intercambio. Las razones que se argumentaron en contra de esta alternativa fue que no existía ninguna fórmula legal que amparara dicho cambio. Sigo pensando que, desgraciadamente, al ser únicamente la CAM la que había realizado la emisión de este instrumento de capital, el legislador se había olvidado de este problema real que podía haberse solucionado mediante alguna disposición precisa para esta situación.

La decisión de la amortización de las cuotas y la determinación del valor de amortización en 4,77 ? por acción, no fue en absoluto caprichosa, ya que recogía la cotización media que el mercado había dado a las mismas durante los últimos tres meses. No está de más recordar, contra lo que se ha dicho que se mantenía artificialmente el valor de las mismas, que hasta los últimos días en los que los administradores del FROB han anulado el acuerdo del Consejo de Administración, las cuotas participativas no han experimentado grandes fluctuaciones, por lo que o bien ese era el valor que les asignaba el mercado o que también los administradores del FROB han mantenido artificialmente el valor durante ese periodo.

Los extraños movimientos a la baja del valor de las cuotas en los días previos a la anulación del acuerdo del Consejo de Administración, sin ninguna razón aparente ya que seguía en vigor este compromiso, supongo que habrá supuesto la apertura de un expediente por parte de la CNMV para investigar esas decisiones de los inversores.

Cuando se tomó la decisión de emitir las cuotas participativas, el Consejo de Administración de la CAM realizó una recomendación (se llegó a la conclusión en esos momentos de que no se podía prohibir) a todos los consejeros de que no suscribieran cuotas para de esta forma no estar influidas nuestras decisiones sobre las mismas en función de nuestros intereses particulares. Contra lo que se ha dicho acerca de la poca confianza que suscitaban las mismas al estar solamente unas pocas en manos de los consejeros, la razón es lo expresado anteriormente. ¿Qué se estaría diciendo en estos momentos sobre la decisión adoptada si hubiese una gran cantidad de cuotas en manos de los consejeros? Sencillamente, que habíamos tomado esa decisión en función de nuestros intereses como inversores, con lo cual, las críticas se hubiesen centrado en esta cuestión.

Los administradores del FROB han tomado una decisión que, con independencia de su legalidad, está muy lejos de haber aclarado el futuro de este instrumento. Si lo que pretenden hacer es transformarlas en acciones del Banco CAM (si legalmente eso es posible), cuanto antes lo aclaren mejor. De otra forma, el impacto que la incertidumbre de esta situación está produciendo en la clientela de la CAM, lo único que hace es deteriorar la actuación del Banco CAM en unos momentos en lo que menos falta hace son actuaciones sin ninguna transparencia en las decisiones. No creo que esto sea precisamente poner en valor a la CAM.