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Benidorm

El juez concluye que no hubo falso testimonio en el proceso que decretó la clausura del Tiki Beach

El magistrado absuelve al acusado al considerar que si faltó a la verdad fue en hechos ajenos al objeto procesal: el cierre del bar

El local de ocio Tiki Beach, ubicado en primera línea de la playa de Levante, es uno de los más visitados entre los turistas británicos. david revenga

No hubo falso testimonio en el proceso judicial en el que se decretó la clausura del controvertido local de ocio Tiki Beach de la capital turística de la Costa Blanca. Así lo ha concluido el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Benidorm en una sentencia a la que ha tenido acceso este diario donde se absuelve al vecino acusado por la propiedad de este polémico bar -ubicado en primera línea de la playa de Levante- que, de hecho, ya ha sido condenado a echar la persiana por las molestias causadas a la comunidad de propietarios del edificio Santa Margarita durante su actividad. Una orden que, por otro lado, todavía no se ha ejecutado.

Fue hace tres años cuando un juzgado decretó el cierre del Tiki Beach tras la denuncia presentada por el edificio Santa Margarita, en cuyos bajos se encuentra el local de ocio. La demanda estaba motivada por las molestias causadas a cuenta del ruido derivados de la música y la aglomeración de personas en el exterior del bar, que se encuentra en primera línea de la playa de Levante y que, en la última década, se ha convertido en uno de los locales de moda entre el turismo británico.

Los propietarios del establecimiento recurrieron la decisión en primera instancia, tanto ante la Audiencia Provincial y después ante el Tribunal Supremo. En ninguna de las dos ocasiones los titulares del Tiki Beach se salieron con la suya y, de hecho, fue hace unos meses cuando la alta sala avaló la clausura.

«Sin fundamento»

De forma paralela, la propiedad del local llevó ante los juzgados a dos de los vecinos que testificaron en contra del local por un supuesto delito de falso testimonio. Uno de ellos no llegó a sentarse en el banquillo de los acusados mientras que el otro finalmente ha sido absuelto ya que, como expone el juez en el auto judicial, «no se puede fundamentar el falso testimonio del acusado en faltar a la verdad respecto de unos hechos ajenos al objeto procesal».

O, dicho de otra manera, que si el acusado no contó los hechos ahora juzgados de manera fidedigna no estaría incurriendo en un delito de falso testimonio puesto que no guardan relación con el objeto del procedimiento judicial: la clausura del establecimiento de la playa de Levante. En concreto, el vecino fue llevado al banquillo por el relato que ofreció sobre un supuesto altercado entre la propiedad del Tiki Beach y la comunidad de vecinos. Sus palabras pueden «afectar al honor de las personas a las que se refieren, pero nunca al juicio», determina el juez en la sentencia.

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