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El Campello

El juez archiva la investigación contra la exedil de Urbanismo por un supuesto trato de favor

El magistrado no halla indicios de delito en la actuación de Mari Carmen de Lamo (Podemos). Descarta que la concejal maniobrara para evitar la protección de una finca familiar como denunciaba EU

El juez archiva la investigación contra la exedil de Urbanismo por un supuesto trato de favor

Archivada la investigación sobre la exedil de Urbanismo, Mari Carmen de Lamo (Partido del Campello-Podemos) por un presunto trato de favor hacia un familiar, al no hallar "ni el más mínimo indicio" de que tratara de influir en este tema. El titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante ha ordenado con fecha 11 de marzo el sobreseimiento de las actuaciones iniciadas a raíz de una denuncia de EU, que alertaba de que la concejal había podido beneficiar a su suegro al evitar la protección de una finca.

La formación de izquierdas de El Campello presentó en marzo de 2019 ante la Fiscalía Anticorrupción una denuncia por presuntos delitos de tráfico de influencias y de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios contra De Lamo. Unas acusaciones que la regidora rechazó de plano entonces en declaraciones a este medio y que no estuvo en la toma de decisiones, y que ahora el magistrado archiva al no encontra inicios de delito. Este medio ha tratado sin éxito de contactar con la exedil, que se retiró de la política el pasado año, por si quería hacer declaraciones respecto a este sobreseimiento del caso. Por su parte el edil de EU Pedro Mario Pardo se ha limitado a anunciar la presentación de un recurso contra el archivo al no estar de acuerdo con la decisión del juez.

El magistrado abrió una investigación a finales del pasado año para aclarar si De Lamo maniobró para modificar un informe de alegaciones municipales al Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel) que impulsaba la Generalitat, para evitar que se protegiera como suelo no urbanizable protegido la finca de su suegro, ubicada en el entorno del río Seco. EU mantenía que la exconcejal presuntamente actuó para «ocultar» un informe contrario y cambiar las competencias al técnico responsable, que había dictaminado a favor de las afecciones del Pativel, por otro que proponía «salvar» la zona del río Seco, donde se ubica esta parcela. E impulsó las alegaciones del Ayuntamiento para levantar la afección sobre la zona donde estaban los terrenos, manteniéndolos como urbanizables.

Y el juez, tras las declaraciones en sede judicial de la investigada, del edil de EU y de tres técnicos municipales del área de Urbanismo que participaron en el proceso de elaboración de informes y alegaciones, ha ordenado su archivo y tumba las acusaciones de la formación de izquierdas. Sus pesquisas llegan a la conclusión de que "no existen datos de la comisión de hecho ilícito alguno por parte de la denunciada, estando simplemente en presencia de un procedimiento de alegaciones en relación al Pativel en que el Ayuntamiento opta por un determinado informe en relación a otro, bastando la comparación entre ambos para poder señalar que uno es más completo y detallado que el otro, que incluso existió una sesión de una comisión informativa en relación al contenido del informe que finalmente se adoptó, momento en que se pudo establecer la fiscalización que ahora se pretende y que no se llevó a cabo porque se llegó tarde".

Y el magistrado añade que "también consta que el informe en cuestión existe dentro del expediente digital, y que el documento que se dice eliminado, realmente subsiste, no solamente en el expediente físico, sino también en el expediente digital, tal y como subsisten múltiples documentos que, en plataformas o sistemas digitales se pueden elaborar como simples borradores y que finalmente no se eliminan o anulan del expediente en cuestión, pero sin que ello suponga anomalía o irregularidad alguna. Máxime cuando el denunciante pudo tener en su momento perfecto acceso a todos los informes y llevar a cabo la fiscalización que señala en el momento oportuno, mientras se estaba llevando a cabo la tramitación correspondiente y no tiempo después".

En la providencia de sobreseimiento se explica que "la denuncia se limita a señalar que la denunciada, concurriendo en ella un deber de abstención, interviene en la tramitación de las alegaciones de El Campello al Pativel, que afectan al patrimonio de su suegro y se aprovecha de su cargo para intervenir en dicha actuación por sí misma, cuando no existen indicios de dicha participación, e incluso existe constancia de que la denunciada abandonaba las sesiones de los órganos correspondientes cuando se debatía el tema en cuestión, y, por lo demás no existe el más mínimo indicio de que tratara de influir en el contenido del informe que sirve de base a las alegaciones que finalmente fueron elevadas por el Ayuntamiento de El Campello en relación al Pativel".

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