Conciliación

Más de 1.500 abogados instan a los jueces a cumplir la ley y garantizar su conciliación

En lo que va de año, el Colegio de la Abogacía de Madrid ha logrado 115 suspensiones que habían sido denegadas, a pesar de que hace casi un año de la reforma que regula suspensiones de juicios por nacimientos o enfermedad de un familiar

Abogados y acusados, en una de las salas donde se celebra el juicio.

Abogados y acusados, en una de las salas donde se celebra el juicio.

Cristina Gallardo

Más de 1.500 profesionales se han adherido a la campaña de recogida de firmas impulsada por el Colegio de la Abogacía de Madrid para instar a los jueces a garantizar el derecho de conciliación de los letrados. La iniciativa se explica por el incumplimiento de la reforma que desde el 30 de junio de 2023 permite a los abogados y abogadas progresar en aspectos de su conciliación familiar y personal que otros trabajadores tienen perfectamente consolidados desde hace años. 

La novedad pasa por lograr la suspensión de juicios si se da el caso del nacimiento de un hijo o la paralización de los plazos procesales cuando concurren incidencias de carácter personal, como puede ser la enfermedad o fallecimiento de un familiar directo -según un nuevo apartado introducido en el artículo 134 de la Ley de Enjuiciamiento Civil-, pero en muchas ocasiones los juzgados se niegan a cambiar sus agendas aunque se trate de causas justificadas y contempladas en la ley.

Ante esta situación, el pasado 1 de mayo el Colegio de la Abogacía de Madrid, que cuenta con más de 76.000 colegiados, puso en marcha su iniciativa de recogida de firmas. Entre los casos de incumplimiento, cita el de una letrada de oficio que no obtuvo la suspensión de un señalamiento a pesar de su baja por embarazo de riesgo, o el de un colegiado al que el Juzgado de lo Social número 26 de Madrid le mantuvo un juicio a pesar de sufrir una fractura de peroné. 

En ambos casos, y a instancias de los profesionales afectados el Colegio intervino a través de un servicio denominado 112 Abogacía para lograr la suspensión inicialmente denegada por órganos judiciales. A través de este servicio, en lo que va de año se han logrado 115 suspensiones que habían sido inicialmente denegadas.

Derechos como el resto de trabajadores

“Los abogados somos trabajadores. De hecho, somos muy trabajadores, y en consecuencia tenemos derecho, al igual que el resto de los trabajadores, a conciliar”, afirma Javier Mata, diputado del Colegio y responsable de Defensa de la Abogacía. Advierte normativa está siendo aplicada en ciertos juzgados "con suma rigidez, de tal manera que el Colegio ha tenido que intervenir para amparar a compañeros y compañeras que habían sufrido una negativa inicial por parte de determinados órganos judiciales a suspender ciertos actos judiciales a pesar de sufrir causas graves de carácter médico".

Con sus firmas, los abogados movilizar a la comunidad jurídica y a la ciudadanía en general a favor de que se cumplan de manera justa y efectiva las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), que prevén que los actos judiciales o vistas puedan suspenderse por causas justificadas.

Fallecimientos y hospitalizaciones

La situación de enfermedad junto con la obligación de atender a familiares, las bajas por maternidad y hospitalización y fallecimientos de familiares cercanos (52 casos desde el pasado enero) suponen casi la mitad de las situaciones detrás de las 115 suspensiones registradas en el primer cuatrimestre del año, siendo otras causas la coincidencia de señalamientos (32 casos) o mala praxis de los juzgados (29 casos).

Los datos reflejan un aumento generalizado en todas las categorías respecto al mismo periodo del año anterior. Así, en el cómputo global el incremento ha sido de un 69% respecto a las 68 suspensiones aprobadas entre enero y abril de 2023. La evolución es aún mayor en las suspensiones por motivos de conciliación, siendo que en el primer cuatrimestre del año pasado se registraron solo 13 casos, lo que supone un aumento del 300%. 

Desde el Colegio también reclaman criterios uniformes de suspensión y confiando en que las causas que alegan los profesionales son veraces y justificadas”. Esos criterios, a juicio de Mata, deben establecerse entre los órganos jurisdiccionales y la abogacía y deben ser “sencillos y eficaces”, creando “órganos de coordinación que permitan la toma de decisión extraordinariamente rápida y con el menor perjuicio para la agenda del órgano judicial, pero sin demérito alguno de la posición y de la situación del abogado o abogada que solicita esa suspensión”.