El expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves ha recurrido la condena por prevaricación que le impuso la Audiencia Provincial de Sevilla en la llamada pieza política del caso ERE y ha denunciado que la sentencia se basa en "sospechas" y "elucubraciones" y está "repleta de prejuicios".

En el recurso de casación que ha presentado ante el Tribunal Supremo, fechado el 22 de junio y al que ha tenido acceso la Agencia Efe, el abogado Pablo Jiménez de Parga indica que "no existe prueba de cargo" contra Chaves, condenado a nueve años de inhabilitación especial, sino "un compendio de prejuicios, juicios de valor, elucubraciones, sospechas y presunciones".

Según el letrado, Chaves no prevaricó porque los acuerdos del Consejo de Gobierno para aprobar los anteproyectos de Ley de Presupuestos y remitirlos al Parlamento, así como las trece modificaciones presupuestarias enjuiciadas, "en modo alguno" eran resoluciones en asunto administrativo, el primer elemento del tipo objetivo del delito.

Señala el abogado que un acuerdo del Consejo de Gobierno es un "acto político o de gobierno" que es "preparatorio de una decisión parlamentaria" y "carente por sí mismo de entidad jurídica propia y privado de eficacia jurídica", de ahí que tampoco "podría afectar a derechos o intereses de terceros".

En cuanto a las modificaciones presupuestarias que la Junta aprobó entre abril del 2000 y diciembre del 2008, el recurso recuerda que "habían seguido todos los trámites legalmente exigibles y contaban con todos los informes preceptivos favorables", incluidos los de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

"No parece congruente" condenar los posibles "incumplimientos" y "simultáneamente asumir el tribunal" que el Interventor General de la Junta, que fue absuelto, "no detectara ninguno", añade.

El recurso también denuncia la "interpretación errónea" de la normativa por parte de la Audiencia y explica que la inclusión en el proyecto de Ley de Presupuestos de una partida para articular las ayudas a empresas en crisis mediante las transferencias de financiación "no reúne en modo alguno las exigencias" para considerar que esas resoluciones eran arbitrarias.

El abogado critica que el tribunal optase "sin paliativos" por la interpretación de dos interventores del Estado cuya formación está "alejada del mundo jurídico", ya que "uno es licenciado en Ciencias Económicas y otra, licenciada en Ciencias Químicas", y rechazase las tesis de "algunos de los más reputados juristas en el ámbito del Derecho Financiero y Presupuestario".

La "novedosa y sorprendente tesis" del tribunal, continúa el recurso, llevaría "al absurdo de que los anteproyectos o los proyectos de ley no podrían modificar lo dispuesto en una ley vigente, pues serían calificados de ilegales".

Vulneración de la presunción de inocencia

El recurso también denuncia la vulneración del derecho de Chaves a la presunción de inocencia basándose en que el tribunal efectuó una valoración de la prueba "ilógica, irracional, absurda y arbitraria" y la sentencia está "repleta de los prejuicios que rodearon" la investigación del caso.

Además, afirma que no hubo dolo y resalta que la Fiscalía Anticorrupción indicó en su informe final que "no había el más mínimo indicio" de que Chaves "fuera consciente del (...) riesgo de menoscabo de caudales públicos", de ahí que no lo acusase de malversación.

El presidente, añade, no tenía por qué "conocer los procedimientos concretos de concesión de esas ayudas sociolaborales" pese a participar en el dictado de los anteproyectos de ley de presupuestos y de las modificaciones.

Para el recurrente, la denunciada "opacidad" de la política de ayudas a empresas en crisis no era tal, como prueban los seis acuerdos de concertación social que la Junta firmó con empresarios y sindicatos.