El juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSCJ) Carlos Ramos ha enviado a juicio al presidente de la Generalitat, Quim Torra, por un delito de desobediencia, o alternativamente de denegación de auxilio, por no retirar a tiempo los lazos amarillos de edificios públicos.

En un auto, que no se puede recurrir, el magistrado decreta la apertura del juicio oral a Torra, para quien la Fiscalía pide una condena de un año y ocho meses de inhabilitación por un delito de desobediencia por desoír la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos de los edificios públicos el periodo electoral de las generales del pasado 28 de abril.

El juez, que declara la competencia de la sala civil y penal del alto tribunal catalán para juzgar a Torra, da diez días a la defensa del presidente de la Generalitat, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, para que presente su escrito de conformidad o disconformidad con las acusaciones.

El magistrado ha acordado enviar a Torra a juicio una vez la Fiscalía ha presentado su escrito de conclusiones, en que pide para el presidente catalán una inhabilitación de un año y ocho meses para el ejercicio de funciones de gobierno o de cargo público de ámbito "local, autonómico, estatal o europeo" y una multa de 30.000 euros.

Por su parte, el partido de extrema derecha Vox, que ejerce la acusación popular, pide para Torra dos años de inhabilitación para empleo o cargo público y una multa de 72.000 euros.

Ni Fiscalía ni Vox han pedido ninguna medida cautelar contra Torra antes del juicio, según el juez, que subraya la "razonabilidad y contundencia" de los planteamientos acusatorios en esta causa.

No obstante, el magistrado precisa que los escritos de acusación se basan por ahora "exclusivamente en indicios", por lo que el hecho de que le envíe a juicio "no puede contener ni contiene ninguna declaración de culpabilidad del, desde ahora, acusado, que mantiene por tanto incólume su derecho a la presunción de inocencia".

El magistrado expone, a partir del relato de las acusaciones, que Torra no cumplió en los plazos establecidos la orden de la JEC de retirar los símbolos "partidistas", como lazos amarillos y pancartas a favor de los políticos independentistas presos y huidos de España, en el periodo electoral de las generales del 28A.

En su escrito de conclusiones, la Fiscalía acusa a Torra de "evidenciar su desprecio" a acatar la orden que la JEC dictó el 11 de marzo pasado, a raíz de una denuncia presentada por Ciudadanos, para que quitara los lazos y "esteladas" de los edificios públicos durante la campaña, elementos que finalmente acabó retirando, aunque fuera de plazo.

Según la Fiscalía, la Junta ordenaba a Torra suprimir de forma "inmediata" lo que no son sino "símbolos asociados a una determinada filiación ideológica o política alineada con los partidos u organizaciones que propugnan la secesión" de Cataluña.

Pese a la "claridad" de la orden y que debía ser cumplida "sin excusa si pretexto" por ser firme, añade la Fiscalía, Torra "decidió desatenderla" y presentó un escrito en el que pedía a la Junta que reconsiderara el acuerdo adoptado, al tiempo que "manifestó su negativa a retirar la simbología aludida".

El 18 de marzo pasado la Junta adoptó un nuevo acuerdo en el que reiteraba su requerimiento a que retirara los lazos, resolución que Torra pidió suspender alegando la "supuesta imposibilidad" de cumplirla, "dada la multitud de edificios de la Generalitat", según el ministerio público.

El presidente catalán adujo también ante la Junta que estaba a la espera de un informe del Síndic de Greuges sobre el asunto, aunque, según la Fiscalía, ese dictamen "obraba en manos del acusado desde, al menos, el día 15 de marzo" y recomendaba atender el requerimiento de eliminar los lazos.

La Fiscalía destaca que Torra "desatendió abiertamente" la orden de la Junta y, "evidenciando su desprecio" a la misma, sustituyó la pancarta con un lazo amarillo del balcón de la Generalitat "por otra idéntica con el lazo en color blanco".