El guardia civil Antonio Manuel Guerrero, uno de los cinco sevillanos integrantes de 'La Manada' condenado a nueve años por abusar sexualmente de una joven de 18 años durante los Sanfermines de 2016, se encuentra en situación de "activo sin destino", por lo que cobra el sueldo base a la espera de que la sentencia sea firme, han explicado a Europa Press fuentes del Instituto Armado.

Se trata de una situación administrativa similar al del militar Alfonso Jesús Cabezuelo, otro de los condenados. El Ministerio de Defensa ha informado este miércoles de que no asignará destino a este militar aunque se haya levantado su situación de suspensión de servicio y haya vuelto a estar en activo, algo que "no se podía evitar" de acuerdo a la ley.

La Guardia Civil abrió a Antonio Manuel Guerrero, agente en prácticas de 29 años, un expediente disciplinario después de que fuera detenido por participar en esta agresión grupal junto a un grupo de amigos. En base a ese expediente, según informaron desde el Instituto Armado, este miembro de 'La Manada' fue suspendido de empleo.

El Régimen Disciplinario de la Guardia Civil contempla seis tipo de situaciones administrativas: servicio activo; servicios especiales; excedencia; suspensión de empleo; suspensión de funciones y reserva.

En el caso de Antonio Manuel, fue condenado también por robar el móvil de la joven tras la agresión sexual, tal y como reconoció en el juicio, por lo que se le ha atribuyó un delito leve de hurto, que supone una pena de dos meses de multa a 15 euros por día. El tribunal tiene también pendiente confirmar si lo mantiene en libertad, como al resto de miembros de 'La Manada', tras personarse en una oficina de la Policía en Sevilla de expedición del pasaporte.

Procedimiento de sanción y expulsión

Fuentes de la Guardia Civil explican que, desde el momento en el que la sentencia por la agresión sea firme, se abre un procedimiento reglado en el que un oficial del Instituto Armado es designado como instructor. Junto a un secretario tienen que valorar la infracción que ha cometido este guardia civil a efectos de aplicar la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario 12/2007.

Antonio Manuel se arriesga a ser sancionado por una falta muy grave. La resolución que se adopte será firmada por la ministra de Defensa, Margarita Robles, a propuesta del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, según detallan las citadas fuentes conocedoras de este tipo de procedimientos.

En el artículo 7.13 de Régimen Disciplinario se regula la sanción para quien "comete un delito doloso condenado por sentencia firme, relacionado con el servicio, o cualquier otro delito que cause grave daño a la Administración, a los ciudadanos o a las entidades con personalidad jurídica".

"Las sanciones disciplinarias", dice el Régimen de la Guardia Civil, "tienen por finalidad la corrección de comportamientos perjudiciales para el servicio o para los ciudadanos, o lesivos para el funcionamiento de la Institución". En los casos de faltas muy graves, la sanción prevista va desde la separación del servicio a la suspensión de empleo desde tres meses y un día a un máximo de seis años; o pérdida de puestos en el escalafón.

En el caso del militar Alfonso Jesús Cabezuelo, el Boletín Oficial de Defensa publicó este martes que ya no está suspendido de su cargo, así que se encuentra en servicio activo y en espera de que se le asigne destino a falta de sentencia firme sobre su caso.

"Queda a disposición del general jefe del mando de personal del Ejército de Tierra y adscrito a efectos administrativos a la subdelegación de Defensa en Sevilla", recoge esta publicación difundida por eldiario.es, que la ha obtenido mediante el buzón de filtraciones Filtrala.org.

Se trata de una resolución firmada el pasado 4 de julio por el General Director Accidental de Personal, Roberto Villanueva en la que se informa de que el cese en "la situación de Suspensión de funciones" de Cabezuelo y su paso al servicio activo "surte efectos a partir del día 22 de junio", aunque cabe presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de este miércoles, el día después de su publicación en el BOD.

Fuentes de Defensa explican que se trata "simplemente de un trámite administrativo" porque ha pasado el plazo de seis meses preceptivo desde que se dictó la suspensión sin que haya condena firme contra él y por eso tiene derecho a solicitar que se levante la situación de suspensión de funciones.

Según el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado en 2015, "el pase a la situación de suspensión de funciones del militar profesional se podrá acordar como consecuencia del procesamiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar contra el imputado en un procedimiento penal o por la incoación de un procedimiento disciplinario por falta muy grave".

La norma establece que "el periodo máximo de permanencia en esta situación será de seis meses o el de la duración de la prisión preventiva, caso que se hubiere acordado por la autoridad judicial en algún momento del procedimiento y fuese superior a seis meses".

No obstante, dicta que "en el supuesto de cese en la situación de suspensión de funciones por levantamiento de la prisión preventiva, el Ministro de Defensa podrá acordar, por resolución motivada en la que habrán de valorarse los hechos imputados, la trascendencia social y el interés del servicio, la prohibición de solicitar y obtener destino por un periodo de tiempo que no podrá exceder del momento de dictarse sentencia firme o auto de sobreseimiento también firme".