Las tres magistradas de la sección primera de la Audiencia de Baleares encargadas de juzgar el caso Nóos no han visto ni un ápice de prueba de que Cristina de Borbón ayudara a su marido Iñaki Urdangarin a cometer delitos fiscales, a través de la sociedad familiar Aizoon S.L. La hermana del Rey es así absuelta de los dos delitos contra la Hacienda Pública que le imputaba la acusación popular Manos Limpias, pero la condena a devolver 265.088 euros provenientes de los delitos cometidos por su esposo y que ella dedicó a gastos privados o familiares sin saber su origen ilegal. La infanta Cristina ya había adelantado 587.414 euros para responsabilidades civiles y tras la sentencia recuperará alrededor de 322.000 euros.

"No ha resultado acreditada la participación de doña Cristina de Borbón y Grecia en la ocultación del hecho imponible relativo al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por el que venía obligado su esposo (Iñaki Urdangarin) y correspondiente a los ejercicios 2007 y 2008", afirma la sentencia en los hechos probados.

Las tres magistradas de la Audiencia -Samantha Romero, Rocío Martín y Eleonor Moyà- sostienen que Urdangarin cometió dos delitos fiscales porque coló en Aizoon ingresos particulares como consejero de empresas y de otras asesorías. A continuación, y siguiendo las tesis del fiscal Pedro Horrach y de la abogada del Estado Dolores Ripoll, afirman que los socios que no son administradores nominales o de hecho de las empresas no son, por dicha condición, responsables de los delitos fiscales en el IRPF que cometan otros socios. Ninguna acusación salvo el desprestigiado sindicato de funcionarios pedía la condena de la principal acusada e incluso Horrach defendió con ahínco su inocencia.

Ningún hecho probatorio

La exduquesa de Palma no era administradora de Aizoon y la sentencia enfatiza que "del acopio probatorio practicado no resulta hecho alguno acreditado que permita adverar su participación en el hecho ilícito cometido por su esposo (la defraudación a Hacienda a través de Aizoon)"

"Ninguno de los testigos deponentes (en el juicio), ni la secretaria personal de Urdangarin (Julita Cuquerella), ni tampoco Mario Sorribas (un directivo de Aizoon) atribuyeron a la acusada intervención alguna en la gestión de la mercantil (la empresa) ni actuación de la que pudiera inferirse que, de un modo u otro, influyera en la toma de decisiones (de la compañía)".

Otro testigo al que se le da mucha importancia es el notario barcelonés Carlos Macià, que afirmó que Doña Cristina "no participaba lo más mínimo en Aizoon".

Fue Macià también quien ante el juez José Castro (el instructor del caso Nóos) afirmó que la Infanta había sido colocada en Aizoon como "escudo fiscal" para ahuyentar a inspectores de Hacienda.

La sentencia explica que el notario de Aizoon matizó en la vista esas afirmaciones y aclaró que fue una interpretación suya ante la insistencia de Miguel Tejeiro (el asesor fiscal de Nóos absuelto) de que la Infanta figurara como accionista de Aizoon, algo que él desaconsejó.

La sala apostilla que las pruebas practicadas tampoco han demostrado que la hija del rey Juan Carlos figurara como socia para evitar al Fisco.

Las magistradas señalan que los clientes y proveedores de Aizoon en los distintos trabajos y proyectos que realizó la consultora e inmobiliaria de Urdangarin no mencionaron que Cristina de Borbón participara en la compañía.

No ayudó a Urdangarin

Tampoco consta que la Infanta colaborara con las labores de asesoramiento de su esposo para otras compañías.

El tribunal tampoco ve como indicio contra la exduquesa de Palma el que ésta se gastara dinero de Aizoon en menesteres domésticos, como viajes, cuadros, comidas, clases de baile, bombones o muebles para el palacete de Pedralbes.

No pesa en contra de la principal acusada el hecho de que, junto a su marido, alquilaran algunas estancias de la mansión de Pedralbes como sede de Aizoon. Doña Cristina firmó ese contrato de alquiler entre ella y su marido, por una parte, y Aizoon, por la otra. Aquí no hubo delito.

Las juezas concluyen que de lo visto y oído en el juicio "no se permite alcanzar la convicción de que doña Cristina de Borbón y Grecia coadyuvara en modo alguno en modo alguno" a la realización de los delitos cometidos por su marido y socio. Tampoco ha quedado acreditado que la Infanta hubiera actuado en Aizoon como administradora de hecho, es decir que hubiera gestionado la compañía sin ostentar formalmente la condición de administradora.

Como colofón: "procede acordar la absolución de doña Cristina de Borbón con todos los pronunciamientos favorables".

Pero la sentencia también asume las tesis de Horrach, Dolores Ripoll y el equipo de abogados del Govern, capitaneados por Luis Segura y María Ángeles Berrocal, quienes pidieron que la Infanta fuera declarada responsable civil a título de partícipe lucrativ0.

La defensa de la hermana del Rey aceptó, desde el principio, esa tesis y adelantó el pago de 587.413 euros para cubrir la posible responsabilidad civil. Esa era la cantidad que las acusaciones mencionadas reclamaban para Cristina de Borbón, pero el tribunal la ha rebajado a los 265.088 euros arriba citados.

En consecuencia, si el Tribunal Supremo confirma el fallo de la Audiencia de Palma, la Infanta recibirá de la Audiencia dentro de unos meses unos 322.000 euros, la diferencia entre lo adelanto y la condena civil señalada.

Las magistradas declaran probado que la exduquesa de Palma y Ana María Tejeiro, esposa del número dos de Nóos Diego Torres y absuelta de todos los delitos, ignoraban que sus maridos estuvieran defraudando al Fisco y desviando fondos públicos (malversando).

Pero las dos absueltas disfrutaron del botín conseguido por sus esposos y lo dedicaron a gastos diversos.

Según la sentencia, el dinero que, en el caso de doña Cristina, su marido defraudó a Hacienda y obtuvo ilícitamente de las arcas del Govern acabó en las cuentas corrientes de Aizoon.

La Infanta, "a través de la tarjeta de su titularidad asociada a las cuentas corrientes de Aizoon, cargó gastos familiares beneficiándose de las cantidades ingresadas hasta la cuantía de 265.088,42 euros (la cantidad a la que se le condena a devolver al Govern y a Hacienda)".

De forma paralela, la sección primera ha calculado que Ana María Tejeiro se benefició con 344.934, 31 euros de origen ilícito y conseguidos por su esposo.

La Infanta se sentó en el banquillo enfrentándose a ocho años de cárcel. Vídeo: Agencia ATLAS

Desconocían los delitos

La sentencia analiza la figura de la responsabilidad civil a título de partícipe lucrativo, que define como una acción de resarcimiento a las víctimas de los delitos.

Para que nazca esa responsabilidad, afirma el tribunal, no es necesario que se acredite a qué destinó la hermana del Rey ese dinero, basta con demostrar que se hubiera aprovechado de los fondos de origen delictivo incorporándolos a su patrimonio.

En este apartado los argumentos de las magistradas son comunes para Cristina de Borbón y Ana María Tejeiro.

Las juezas postulan que ambas acusadas desconocían que el dinero que gastaron procedía de los delitos fiscales y de malversación de caudales cometidos por sus esposos.

El fallo va más allá y apostilla que ambas esposas ignoraban que sus maridos estaban cometiendo esos delitos, pero lo incorporaron a su patrimonio.

"El dinero ingresado en las cuentas titularidad de la sociedad Aizoon S.L. y de las entidades del entramado Nóos, ocultado y sustraído a la correspondiente tributación y la cantidad malversada integrada en el reparto de beneficios (de Aizoon y las sociedades comunes de los Torres-Tejeiro) se incorporó al patrimonio de ambas esposas desde que fue ingresado en cuentas corrientes de las que gozaban de plena disponibilidad", sostiene la sentencia. De ahí nace la obligación de las dos mujeres de devolver a Hacienda y al Govern las cantidades señaladas.

La sentencia condena a Manos Limpias a pagar las costas del proceso de doña Cristina al estimar que la acusación incurrió en temeridad por mantener la petición de condena pese a que en el juicio no aparecieron pruebas incriminatorias. El sindicato pedía 8 años de cárcel para la Infanta.

La Casa del Rey respeta la sentencia

Tras hacerse público el fallo, la Casa del Rey ha reafirmado su "respeto absoluto a la independencia del poder judicial" y el portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha afirmado que la sentencia "demuestra que en España el estado de derecho funciona".

Casa Real respeta la independencia del Poder Judicial. Vídeo: Agencia ATLAS

El juez instructor que julio de 2010 abrió la investigación que llevó al banquillo a la Infanta y su esposo, José Castro, ha asegurado que "no esperaba este tipo de sentencia", porque da "crédito" a "la ignorancia" de las actividades de su marido que doña Cristina ha usado como argumento defensivo.