El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha abierto una investigación contra el diputado Pedro Gómez de la Serna, que se presentó como número dos del Partido Popular (PP) por Segovia, y el exembajador de España en la India Gustavo de Arístegui por el supuesto cobro de comisiones ilegales a cambio de trabajos de intermediación para que empresas españolas consiguieran contratos en el exterior.

El juez José de la Mata ha admitido a trámite una querella de la Fiscalía Anticorrupción contra el diputado Pedro Gómez de la Serna y el exembajador Gustavo de Arístegui por presuntos delitos de corrupción en transacciones internacionales, cohecho, blanqueo de capitales y organización criminal.

La querella, presentada ayer y que ha recaído en el Juzgado Central del Instrucción 5, se dirige también contra José Faya López, Germán Junquera Palomares, Ramón López Lax, Borja de Arístegui, Cristóbal Tomé y José Félix González Noriega y seis empresas relacionadas con ellos.

En un auto conocido hoy, De la Mata abre diligencias y admite la querella relativa a los posibles delitos cometidos durante la labor de Arístegui y De la Serna como asesores de empresas españolas en el extranjero, en los que la Fiscalía ha detectado posibles pagos a autoridades y funcionarios argelinos y a sus familias por dos contratos de obra.

El juez aprecia indicios de que los investigados integraban una red creada para apropiarse de importantes cantidades de dinero mediante un complejo sistema de sociedades pantalla.

Son hechos por los que el primero tuvo que dimitir como embajador en la India, mientras el segundo se negó a renunciar a su candidatura al Congreso y obtuvo su acta de diputado, si bien quedará fuera del grupo del PP por decisión de ese partido.

En el caso de De la Serna, dada su condición de aforado, el juez se limita a darle traslado de las actuaciones, a fin de que pueda ejercer su defensa en la forma que considera oportuna. De la Mata plantea la posibilidad de tomarle declaración si se presta a ello voluntariamente.

De la Mata analiza en el auto de forma preliminar los presuntos delitos investigados. De la investigación de la Fiscalía resultarían pagos a funcionarios y autoridades argelinos por el contrato denominado la Estación Desaladora de Aguas de Souk Tleta (por 250 millones de euros) y por el contrato del Tranvía de Ouargla (por importe de 230 millones).

Ambos fueron adjudicados a las empresas Internacional de Desarrollos Energéticos SA y Elecnor SA, a través del grupo Voltar Lassen, el cual era dirigido por Pedro Gómez de la Serna y Gustavo de Arístegui, y por la actuación del agente externo Cristóbal Tomé Becerra.

En relación con el delito de cohecho, la resolución afirma que esta infracción penal vendría condicionada por los pagos realizados por las empresas españolas a Pedro Gómez de la Serna y a Gustavo de Arístegui, directamente o a través de sus empresas Scardovi SL y Karistia SL, por su condición de autoridad y funcionario público.

El magistrado menciona un tercer delito, de blanqueo de capitales, que se habría cometido como conexo a los anteriores por cuanto se habría estructurado a nivel internacional mediante la utilización de sociedades pantalla carentes de actividad mercantil y movimientos internacionales de capital "que siguieron estructuras sofisticadas de ocultamiento del dinero".

Ese sería el caso, dice el auto, de las sociedades Arroyo de Lagasca SL, Karistia Maroc SRL o Kamaroc y Castelino BV. Estas dos últimas, con domicilio social en Marruecos y Holanda, "tendrían como misión primordial ocultar los beneficios dimanantes de los anteriores delitos y ser instrumento para su comisión bajo apariencia de una actividad mercantil".

Por otro lado, explica el juez, en el actual momento de la investigación no puede excluirse que los querellados a título individual hayan podido incurrir en un delito tributario por la apropiación de los fondos dinerarios objeto del blanqueo.

También aprecia indicios de que los propietarios o administradores de las mismas, junto con funcionarios extranjeros y otras personas pudieron incurrir en un delito de organización o grupo criminal.

Son indicios de que "se concertaron para apropiarse de importantes cantidades de dinero mediante un complejo sistema de sociedades pantalla y una red de colaboradores; recibir dinero de distintas empresas españolas en atención a su función pública, con la promesa de intermediar para conseguir contratos en el extranjero; abonar sobornos y comisiones a funcionarios extranjeros para conseguir adjudicaciones de contratos y quedarse para sí importantes comisiones de éxito premio por el buen fin de las gestiones".

Según el juez, "la actividad criminal se extendía desde la ideación del sistema hasta la puesta en marcha de los instrumentos societarios y la red de agentes; la celebración de los acuerdos con las distintas sociedades y empresas para asegurarse pagos y comisiones; la celebración de acuerdos con funcionarios públicos de otros países a los que abonarían comisiones y sobornos; y la percepción posterior de nuevas comisiones en caso de éxito de las gestiones".

La querella se dirige también contra seis empresas (Scardovi SL, Karistia SL, Arroyo de Lagasca, SL Dial Trading SL, Internacional de Desarrollo Energético SA, Elecnor y Karistia Maroc o Kamaroc RL) que han sido registradas hoy, con excepción de la última de ellas.

También ha habido registros en los domicilios de los investigados, a excepción del de Gómez de la Serna, con el fin de recoger aquellos indicios o principios de pruebas, tanto de cargo como de descargo, que permitan conocer la verdad de los hechos denunciados.

En relación con el registro de la sociedad Scardovi o el despacho profesional Voltar Lassen, vinculados a Gómez de la Serna, el magistrado tiene presente especialmente la particularidad de que un diputado sea su administrador único, lo que obliga a ser "especialmente cuidadoso".

A tal efecto, ha ordenado que la práctica de las diligencias se realice de acuerdo a un "escrupuloso" respeto a una serie de garantías establecidas en la resolución.