El abogado de Samuel Benítez se ha opuesto al recurso que los padres de Marta del Castillo han presentado ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla en la que se absuelve por segunda vez al joven de un presunto delito de encubrimiento en relación al crimen de la sevillana.

El letrado de Samuel, Manuel Caballero, ha informado a Europa Press de que fue este mismo martes cuando presentó su escrito oponiéndose al recurso de casación de los padres de la joven, quienes alegaron en primer lugar la "falta de imparcialidad" del tribunal que dictó la sentencia absolutoria.

"Han alegado lo mismo que en el incidente de nulidad presentado ante el Supremo, que lo rechazó y los condenó en costa", ha lamentado el abogado, quien se ha referido también al punto del recurso en que los padres de Marta "hablan de que los hechos probados son ilógicos, contradictorios y arbitrarios", algo que "no es así".

Así, ha recordado que "la propia Policía y la jefa del Grupo de Menores (Grume) dijeron en el juicio que no había pruebas o evidencias de que Samuel participara en las labores de ocultación del cuerpo". La familia "también habla de hechos probados que vinculan a Samuel, pero ni se han probado ni se alegaron en su escrito de acusación", agrega.

Los padres también alegaron que la sentencia de la Audiencia Provincial en la que se vuelve a absolver a Samuel "no hace una verdadera revisión" del primer fallo, cuando, según Manuel Caballero, "realmente hacen una ampliación y analizan la conducta" de su cliente "a lo largo de 66 páginas".

A juicio de Caballero, el recurso de los padres de Marta del Castillo "carece de contenido", pues además "alegan un error patente en la sentencia pero no dicen cuál es" y "se limitan a mencionar doctrina general".

Hay que recordar que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial condenó a 20 años de cárcel por un delito de asesinato a Miguel Carcaño y absolvió al resto de acusados, en concreto el propio Samuel, Francisco Javier Delgado y su novia, María García, lo que fue recurrido por los padres de Marta y la propia Fiscalía ante el Supremo.

La Audiencia fija los hechos antes de la madrugada

Tras ello, el Alto Tribunal decidió elevar la condena a Carcaño un año y tres meses por un delito contra la integridad moral y confirmó la absolución del resto de acusados, ordenando a la Audiencia Provincial el dictado de una nueva sentencia contra Samuel "al objeto de reexaminar su posible participación como encubridor", pues consideró "arbitraria" e "ilógica" la decisión de situar a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de León XIII.

El Supremo concluyó que el hecho de fijar a las 22,15 horas la salida del cadáver de la vivienda "es fruto de la intuición o especulación de la Audiencia, que prescinde del conjunto de los elementos probatorios" practicados, "directos y periféricos", lo que hace "arbitraria" la conclusión en este punto.

Una vez recibida la orden, la Sección Séptima volvió a absolver a Samuel y consideró probados los mismos hechos que en su primer fallo, cuando dijo que Miguel golpeó con un cenicero a Marta y, a continuación, éste último, el 'Cuco' y "un tercero desconocido" colocaron el cadáver en una silla de ruedas y lo hicieron desaparecer en un lugar desconocido entre las 21,00 y las 22,15 horas del 24 de enero.

Sobre Samuel, el tribunal concluye que "estuvo ininterrumpidamente" en Montequinto desde las 12,00 horas del día 24 de enero hasta las 2,20 horas del día 24, cuando abandonó dicha barriada a bordo de un autobús y se trasladó a Sevilla, donde llegó entre las 2,40 y las 3,00 horas, tras lo que se dirigió a su domicilio a las 3,35 horas.