El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha ordenado la busca y captura de los tres militares estadounidenses presuntamente responsables de la muerte del cámara español de Telecinco José Couso en el Hotel Palestina de Bagdad, el 8 de abril de 2003, con el objetivo de que puedan ser extraditados a nuestro país. Además, ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) autorización para desplazarse a Irak el próximo otoño y realizar una inspección ocular del lugar donde se produjeron los disparos que acabaron con la vida del cámara.

La decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 es consecuencia de la decisión del Tribunal Supremo de reabrir el caso por segunda vez, después de que fuera archivado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que revocó el procesamiento de los tres militares.

Ahora, Pedraz vuelve a imputar al teniente coronel Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson un delito contra la comunidad internacional, en concurso con un delito de homicidio, en relación con el "ataque a población civil con la causación de la muerte del señor Couso y el acto o amenazas de violencia con la finalidad de aterrorizar a la población civil o los periodistas". El juez considera que existen "motivos bastantes para creer responsables criminalmente" de estos hechos a los tres acusados.

Según el relato de hechos que consta en el auto dictado por Pedraz, De Camp fue la persona que "dio la orden directa de disparar" contra el Hotel Palestina, pese a saber que se encontraba en zona civil y era ocupado por periodistas; Wolford transmitió la orden y Gibson fue "quien materialmente efectuó el disparo" que mató a Couso y a otro periodista, Taras Protsyuk, de la agencia Reuters, y provocó heridas graves a otros tres reporteros.

Dada la "gravedad de los hechos imputados" y teniendo en cuenta que las autoridades de Estados Unidos no han cooperado hasta el momento, al no responder al ofrecimiento de que la comisión judicial se desplazara a Estados Unidos para tomarles declaración, Pedraz acuerda la busca y captura e ingreso en prisión de los tres militares, a efectos de extradición, "cómo única medida efectiva para recibirles declaración y asegurar la presencia de los mismos en el proceso".

Para ello, pide a la Comisaría General de Información, al Servicio de Información de la Guardia Civil y al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) que practiquen "las gestiones oportunas" para averiguar el paradero de los tres militares, tomando "las medidas que consideren necesarias". Entre ellas, dirigir las oportunas solicitudes de información e inteligencia a los servicios de seguridad de los países que puedan tener datos que aportar, así como "si es preciso y dentro de los límites legales de su actuación, el desplazamiento a Estados Unidos para realizar las pesquisas oportunas".

No obstante, dado que cuando tuvieron lugar los hechos en Irak había otra Administración en Estados Unidos, Pedraz contempla que "ahora podría existir la posibilidad de una efectiva cooperación, antes denegada", por lo que, en una providencia también dictada hoy, libra una solicitud de auxilio judicial al Gobierno de Barack Obama para que declaren los tres militares.

Pedraz acuerda realizar, a fin de efectuar un reconocimiento judicial, una "inspección ocular de los lugares de los hechos", para lo que no ve necesario cursar una comisión rogatoria, ya que "no se precisa cooperación judicial" de Irak ni "asistencia alguna de autoridades o funcionarios de dicho país". Dicho desplazamiento se realizaría entre octubre y noviembre. "Se trata de una mera inspección ocular -explica-, para lo cual basta que la comisión judicial se desplace a Bagdad para in situ ver los lugares de los hechos y así el puente Jamuroahora, el hotel Palestina y las sedes de las televisiones Al Yazira y Abu Dhabi, documentándolo mediante vídeo con zoom oportuno".

En su sentencia del pasado 13 de julio, el Tribunal Supremo defendía que la estrategia bélica denominada "de impacto y terror" sobre personas protegidas en caso de conflicto armado "es penalmente imputable a quien tenga dominio sobre la dirección específica de las operaciones bélicas". Se trata de la segunda vez que el Tribunal Supremo ordena a la Audiencia Nacional reabrir el caso, después de que en diciembre de 2006 el alto tribunal anulara un primer archivo de la causa rechazando que el fallecimiento pudiera incardinarse en un 'acto de guerra'.