Hace unas semanas apareció en la prensa el grito desesperado de una asociación de protección animal por sacar a varios gatos abandonados en el interior de una vivienda donde se había llevado a cabo un desahucio, quedando estos animales dentro.

En la mayoría de los casos, el propietario de la vivienda quiere recuperar la posesión de la misma, por ello acude a los tribunales para solicitar su auxilio, y se pone en marcha el procedimiento judicial. Una vez que se señala la fecha de lanzamiento (del desahucio) pueden ocurrir varias cosas: que los ocupantes de la vivienda sigan allí, por lo que deberán abandonarla a presencia de la comisión judicial, o que ya se hayan marchado. En este último caso es cuando se puede presentar el problema, que hayan dejado la vivienda abandonando en ella a los animales con los que convivieran. No significa que esto ocurra siempre.

Sin embargo, para las ocasiones en las que ocurre, debe coordinarse una actuación que resulte eficaz para salvaguardar la vida de los animales abandonados, mediante la intervención del ayuntamiento, policía local y entidad protectora de animales, que deberán hacerse cargo del animal. La responsabilidad del bienestar del animal corresponderá en primera instancia al ayuntamiento, sin perjuicio de que, transcurridos los plazos legales y ante la situación de abandono, dichos animales puedan ser puestos en adopción, a través de las asociaciones de la zona. Por supuesto, por los referidos hechos se deberá iniciar el correspondiente expediente administrativo por abandono o, en su caso, de revestir los hechos indicios de criminalidad, por un delito de abandono de animales o maltrato animal.

La coordinación entre las diferentes administraciones y organismos resulta fundamental para evitar situaciones de desprotección de los animales abandonados en el interior de viviendas deshabitadas, y debe traducirse en una rápida y eficaz intervención que permita garantizar el bienestar de los mismos.