En el año 2012, amparándose en la coyuntura económica del momento y la necesidad de reducir el déficit público, se aprobó el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por el que con carácter general se modificaron los tipos impositivos reducidos, afectando dicha modificación al IVA sobre servicios veterinarios que sufrió una subida del 8% al 21%.

Debemos hacer constar que esta subida no afectó a los servicios prestados por veterinarios a favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas que mantuvieron el tipo impositivo reducido, es decir, que la subida afectó a los particulares, asociaciones y en definitiva, a la asistencia veterinaria ajena a las explotaciones ganaderas.

Además de las consecuencias de tipo económico y laboral que ha llevado consigo la subida del IVA sobre servicios veterinarios, debemos tener en cuenta que el encarecimiento de esos servicios ha repercutido en los animales que deben ser asistidos, en cuanto que en ocasiones sus familias tienen dificultades para hacer frente al coste de los servicios veterinarios (sobre todo cirugías e intervenciones), el cual se ha visto incrementado por ese elevado aumento del tipo impositivo.

Según las últimas noticias sobre los Presupuestos Generales se prevé la bajada del IVA veterinario del 21% al 10%, lo que espero que sea una realidad, toda vez que ello conllevará no sólo el aumento de las condiciones higiénico sanitarias de la población frente a las enfermedades que pueden ser trasmitidas por animales, sino una mayor protección de los mismos, en cuanto al acceso a una asistencia veterinaria de calidad, tratamientos paliativos o curativos y sobre todo el aumento de las visitas veterinarias de carácter preventivo que en el fondo lo que buscan es mejorar la calidad de vida de los animales a nuestro cargo.