La asociación Abogacía Andaluza por la Defensa Animal ha elevado una propuesta de reforma del art. 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que permita incluir el permiso laboral al trabajador para cuidar de su animal enfermo. Dicha propuesta supondría el reconocimiento de un permiso retribuido de dos días al poseedor/cuidador de un animal de compañía que conviva en el núcleo familiar y sean necesarios para su cuidado por enfermedad u hospitalización. Se prevé también el permiso retribuido de un día por fallecimiento del animal.

La propuesta viene enmarcada en la consideración jurídica de los animales como seres dotados de sensibilidad y que, como tal, precisan de una serie de atenciones y cuidados que nosotros, en tanto responsables de ellos, debemos proporcionarles y entre los que se encuentran su atención en períodos de enfermedad u hospitalización. No será una situación desconocida para muchos amantes de los animales, encontrarse ante la enfermedad de tu animal (que es algo que evidentemente no elegimos) y tener que hacer «malabarismos» para organizarnos en el trabajo o nuestras ocupaciones, dejando a tu animal de compañía ingresado en una clínica o cuidado por una persona de confianza. O el fallecimiento de un animal que ha formado parte de tu familia durante años, es algo devastador.

Se trata de situaciones no elegidas por nosotros y que requieren nuestra total atención y es necesario contar con un apoyo normativo como es el derecho a disfrutar de un permiso laboral retribuido para atender a un miembro de tu familia por enfermedad, aunque éste tenga cuatro patas.