La sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de octubre de 2016 declaraba inconstitucional la Ley del Parlament Catalán que prohibía las corridas de toros. La sentencia considera que el Parlament vulnera competencias estatales no atribuidas a las CCAA, como es la posibilidad de prohibir una manifestación del «patrimonio cultural inmaterial» español. No obstante, reconoce la potestad de las CCAA para regular las representaciones taurinas y para establecer requisitos para el especial cuidado y atención del toro bravo, en ejercicio de la competencia en materia de protección de animales.

De esta forma, se ha presentado una proposición de Ley en el parlamento balear que regula las corridas de toros en su territorio, respetando los límites marcados por el Tribunal Constitucional. No se prohíben, se regulan. La regulación propuesta pasa por prohibir la entrada a menores de edad, prohibir el alcohol en la plaza, prohibir el uso de elementos distintos al capote o la muleta, asegurar que el animal no muere y que vuelve a la ganadería de procedencia, entre otros aspectos.

La regulación que se propone es muy interesante en el sentido de salvaguardar, en la medida en que el Tribunal Constitucional lo permite, el «bienestar» del animal. Sin embargo, parece que ya cuenta con detractores que defienden que este «espectáculo cultural» no es lo mismo sin sangre. Por el momento, es una propuesta y deben los grupos parlamentarios estudiarla y buscar el consenso y el resto de CCAA, esperar a ver el resultado y aplicarse en la materia. Porque queramos o no, es parte de la evolución.