La estigmatización de determinadas razas de perros comenzó con la aprobación de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. La finalidad de dicha norma era garantizar la «seguridad pública» debido a ataques a personas y a otros animales que se habían sucedido, relacionando el repunte de los casos de ataques con las prácticas de adiestramiento para peleas.

En su origen, la norma pretendía prevenir que efectivamente ciertos propietarios adiestraran en la agresividad; sin embargo, el Real Decreto 287/2002 que desarrolla la anterior, y las normas autonómicas posteriores, no han hecho más que señalar a los perros de determinadas razas o con determinadas características físicas, olvidando el verdadero fin de la norma. El problema de esto tiene un alcance mayor, y es que cuando se produce algún incidente protagonizado por un perro se criminaliza al animal, olvidando que la responsabilidad corresponde a su dueño humano. Me refiero a los casos en que precisamente el propietario del perro no sólo no cumple con la normativa (licencia, seguro de responsabilidad civil y bozal), sino que además fomenta el carácter agresivo del animal. Otra cuestión que merece un artículo aparte es la responsabilidad en que, a mi juicio, puede incurrir la Administración por el incumplimiento de su obligación de vigilancia y control de los propietarios.

Esto en absoluto supone restar gravedad a los ataques a personas, pero sí arrojar una lanza a favor de los animales, que al fin y al cabo, muestran aquello que les enseñamos.