La Audiencia Provincial avaló ayer la política urbanística del exalcalde de Vall de Laguar, Juan José Puchol, y le absolvió de todos los delitos por los que estaba imputado por su gestión al frente del consistorio, según la sentencia hecha pública ayer. Puchol estaba acusado de falsedad en documento público, un delito continuado contra la ordenación del territorio y de haber impedido a la oposición el acceso a la información urbanística del municipio, por lo que se enfrentaba a penas que sumaban más de ocho años de prisión. Los magistrados de la Sección Tercera no han visto indicios de que el exprimer edil falsificara planos para proyectar un vial que atravesara la vivienda de su rival político; ni que éste hubiera prevaricado en la concesión de licencias de obras.

La mayoría de las supuestas irregularidades denunciadas correspondían a los primeros años del gobierno de Puchol en el municipio, a partir de 1995 que se presentó por Esquerra Unida, aunque desde 2003 pasó al PSPV. Puchol perdió la Alcaldía en el 2011 tras una moción de censura y en la actualidad ya no es concejal.

Puchol estaba acusado de haber falsificado planos del planeamiento urbanístico de la localidad para proyectar un vial que atravesaba la casa de su antecesor en el cargo y que no había sido aprobado por el pleno. Los magistrados no han encontrado indicio alguno de que los planos remitidos a la Conselleria estuvieran falsificados. En primer lugar, porque las normas urbanísticas remitidas a la Generalitat no eran acuerdos de pleno, sino que eran los resultados de las reuniones entre todos los concejales con los técnicos, donde se lanzaban propuestas que se plasmaban por escrito. Asimismo, los jueces inciden en que no se disponen del plano original y en su lugar sólo se cuenta con fotocopias, lo que dificulta resolver si se ha falsificado el plano. Y además expresan sus dudas para saber cuándo efectivamente fue proyectado la citada carretera, apuntando incluso a que pudiera ser propuesta de la corporación anterior. Además, la sentencia subraya que "no se aprecia una voluntad maliciosa por parte del acusado de perjudicar al anterior alcalde".

La Audiencia no ha considerado probado tampoco que el alcalde concediera licencias de obra contrarias a las normas urbanísticas vigentes. Algunas se concedían verbalmente y en menos de 24 horas, según el exalcalde para agilizar. Los magistrados subrayan que fueron concedidas por el órgano competente y no todas ellas tenías que ser aprobadas por pleno, sino que podía darlas el alcalde en persona. De las seis licencias denunciadas en este caso, sólo dos eran de licencia de mayor. Una de ellas se concedió en un inmueble que posteriormente fue declarado Bien de Interés Cultural. Según la sentencia, consta acreditado que en ese caso el acusado ordenó paralizar la obra.

A juicio de la Audiencia no se ha detectado una "clamorosa y flagrante" ilegalidad en la concesión de licencias y los magistrados apuntan que la mera existencia de irregularidades no es delito.

No se vulneraron los derechos de la oposición

La Audiencia ha descartado que Juan José Puchol vulnerara los derechos de la oposición al negarles información urbanística del municipio. Los magistrados han considerado probado que durante aquella época la corporación contaba sólo con dos técnicos que acudían unos pocos días a la semana, mientras que los denunciantes presentaron numerosos escritos reclamando la misma información. Puchol adujo que ya se les había contestado y que dar todo lo que pedían suponía tener a los técnicos trabajando sólo para responder. La Audiencia incide en que los afectados tuvieron acceso a la documentación para poder recurrir y que no se podía dar todo lo que pedían. J. A. M.