Los perros ladradores están subestimados. Puede que como dice el refrán sean poco mordedores. Pero si les da por ladrar y aullar por la noche o a la hora de la siesta son un incordio. El Ayuntamiento de Benimeli está dispuesto a acabar con las molestias que provocan tanto estos canes como cualquier otra mascota escandalosa.

De ahí que, en su nueva ordenanza de convivencia ciudadana, que entrará en vigor en los próximos días (ya ha superado el periodo de exposición pública sin recibir alegaciones), incluya una llamativa prohibición. Los dueños de animales que "con sus sonidos, gritos o cantos perturben el descanso de los vecinos" no podrán dejarlos en patios, terrazas, galerías y balcones entre las 22 horas y las 8 de la mañana y entre las 15 y las 17 horas.

Es decir, durante la noche y la hora de la siesta no se podrán escuchar en el pueblo ladridos, gemidos ni trinos estridentes. La ordenanza precisa que si "los animales son especialmente ruidosos y notoriamente ocasionan molestias" deberán retirarse de terrazas, patios y balcones a cualquier hora. Así pues, Benimeli, que es un pueblo de 420 habitantes de la Rectoria, se toma muy en serio que la tranquilidad es un preciado bien que hay que mantener. Hasta las mascotas deben ser silenciosas.

Este ayuntamiento se ha sumado a la moda de regular con un prolijo catálogo de prohibiciones la convivencia ciudadana. La infracción para los dueños de animales ruidosos está considerada como leve, lo que significa que el Ayuntamiento puede imponerles una multa de entre 60 y 300 euros.

La ordenanza, que el pleno aprobó provisionalmente el pasado 25 de octubre y que estos días se ha publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante (BOP) también prohíbe sacudir manteles o alfombras por los balcones o ventanas, regar las maceta si se producen molestias a los vecinos (además, las plantas sólo se pueden regar entre las 6 y 8 de la mañana y la medianoche y la una de la madrugada) o tender la ropa a secar en los balcones.

También se veta ahora una actividad bastante extendida en los pueblos rurales, como es la de cortar leña en la calle, que ahora está catalogada como infracción grave. Igualmente está prohibido lavar un coche en la vía pública, cambiarle el aceite o realizar reparaciones o tareas de mantenimiento.

La ordenanza fija sanciones de entre 301 y 1.200 euros para las infracciones graves y de entre 1.201 y 3.000 para las muy graves.