La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio este miércoles la razón a Irán de forma parcial en su denuncia a Estados Unidos por la reimposición de sanciones tras su salida del acuerdo nuclear, y ordenó a Washington paralizar las medidas contra Teherán relacionadas con la exportación de ciertos bienes básicos.

Los jueces ordenaron unánimemente que, de todas las sanciones impuestas a Teherán, Estados Unidos no puede incluir la exportación de productos médicos, alimenticios, agrícolas y equipos imprescindibles para la seguridad de los vuelos civiles.

La medida de los jueces es provisional y responde a una solicitud de Irán, que denunció a Estados Unidos por su retirada del acuerdo nuclear el pasado mayo y la reimposición de las sanciones.

Los magistrados exigieron a Estados Unidos, también unánimemente, garantizar que se otorguen las licencias necesarias y se autoricen las transferencias de fondos para que esos bienes básicos puedan ser exportados a Irán.

El tribunal consideró que el impedimento de obtener esos productos "puede tener un impacto perjudicial grave en la salud y la vida de las personas en Irán", dijo el juez presidente Abdulqawi Ahmed Yusuf.

En las vistas orales celebradas el pasado agosto, Estados Unidos dijo que haría "sus mejores esfuerzos" para considerar las preocupaciones del tribunal por los temas humanitarios o de seguridad relacionados con los vuelos.

Sin embargo, la CIJ consideró que dicha afirmación "no es adecuada para abordar plenamente" el asunto.

Irán basó su denuncia en un documento poco conocido, el Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares firmado con Estados Unidos en 1955, cuando ambos Estados aún gozaban de buenas relaciones.

Según Irán, Estados Unidos violó varios puntos de dicho tratado, pues éste establece la obligación de "asegurar la protección de individuos y compañías y no interferir en las operaciones entre los dos países".

La decisión de la CIJ supone una victoria parcial para Irán, pues sus abogados habían reclamado la paralización de todas las sanciones de Washington, desde las restricciones a la adquisición de deuda iraní hasta la compra de petróleo y productos petroquímicos.

No obstante, su Gobierno dio la bienvenida al fallo y afirmó en un comunicado que el tribunal ha reconocido "la legitimidad" de sus demandas y muestra "la ilegitimidad y crueldad de las sanciones de Estados Unidos contra los ciudadanos" de Irán.

Los magistrados reconocieron uno de los argumentos de Irán, que las sanciones anunciadas en mayo "ya han tenido un impacto en la importación y exportación de productos entre los dos países", se dice en la sentencia.

Washington rompió el pacto nuclear y reimpuso las sanciones a pesar de que el Organismo Internacional de la Energía Atómica confirmó que Teherán lo estaba implementando en los términos establecidos.

Por último, el tribunal exigió a los dos países "abstenerse de cualquier acción que pueda agravar o extender la disputa (...) o la haga más difícil de resolver".

El juez presidente recordó que las órdenes de la corte "tienen un efecto vinculante y crean obligaciones legales internacionales para las partes".

Dichas disposiciones se deberían aplicar mientras el tribunal resuelve el fondo del asunto, esto es, si EEUU violó el Tratado de Amistad de 1955 al reimponer las sanciones, tal y como mantiene Irán.

Sin embargo, está por ver si Washington aplicará el fallo, pues su ejecución depende de la voluntad de los Estados y, eventualmente, del Consejo de Seguridad de la ONU, donde Estados Unidos tiene derecho a veto.

Washington había exigido al tribunal que no considerase ninguna de las medidas provisionales solicitadas por Teherán porque éstas "causarían un perjuicio irreparable a los derechos soberanos de Estados Unidos en sus políticas hacia Irán".