El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alicante comunicó ayer la sentencia que condena a la Sociedad de Parques Temáticos -organismo dependiente de la Generalitat Valenciana- a abonar 3,3 millones (iva incluido) al Hércules por del patrocinio acordado en 2010 con el club alicantino, que estipulaba 1,5 millones por temporada.

La juez tumba los argumentos presentados por la defensa de la Generalitat, que durante el juicio expuso, entre otras cosas, que la cantidad reclamada por el club alicantino en concepto de patrocinio debía ser revisada dado que el Hércules había descendido a Segunda División tras la firma del acuerdo. En ese sentido, la sentencia recrimina de algún modo la técnica procesal seguida para sostener esa tesis dado que si se pretende justificar o exigir una rebaja de la cifra acordada, la defensa de la SPTCV debió apoyarse en la versión de un perito o experto que razonara o justificara la rebaja económica que se pretendía.

Como se recordará, durante el juicio el abogado del Consell expuso que tras el descenso de categoría el precio por el patrocinio debía fijarse en 150.000 euros, pero no defendió con expertos en la materia por qué debía cerrarse el contrato con esa nueva cifra. Es decir, puede que deba ser más barato el patrocinio al estar en Segunda, pero... ¿cuánto?

Del mismo modo, según fuentes consultadas, la sentencia recoge que el Hércules cumplió escrupulosamente con las exigencias que estipulaba el contrato firmado dando cobertura a una publicidad que precisaba costes añadidos: camisetas, toldos, lonas, estática..., al tiempo que, con el contrato acordado en 2010 tenía el camino cerrado para negociar con otros patrocinadores.

Por otro lado, la sentencia tampoco apoya la versión ofrecida por la Sociedad de Parques Temáticos, que defendía el impago en los plazos acordados al tener constancia de la existencia de un adelanto de la CAM por valor de 700.000 euros sobre la cantidad que debía pagar el organismo público. También en este punto, la sentencia da la razón al Hércules al exponer que es el club quién debe cobrar y, posteriormente, regularizar el pago pendiente con la entidad bancaria.

Aclarado este último punto, el Hércules se quedaría con 2.250.000 euros dado que debe devolver al hoy Banco de Sabadell los 700.000 euros que quedaron marcados como derecho preferente cuando se concedió el préstamo.

Recurso

La sentencia no es firme y puede ser recurrida por la Generalitat ante la Audiencia Provincial. Para ello, Parques Temáticos dispone ahora de 20 días para presentar el recurso mientras que el Hércules tendrá otros diez para sus alegaciones. Si hubiere recurso, la Audiencia podría emitir sentencia definitivo en un plazo aproximado a los seis meses.