Recientemente el Diario Oficial de la Generalitat, de fecha 7 de febrero de 2019, ha publicado la Ley 1/2019 que modifica la ley urbanística valenciana, con un alcance mayor del esperado. No es una mera suma de ajustes o retoques cosméticos, integra contenidos muy novedosos.

Esto nos explican los abogados del Despacho Serrano & Asociados, Urbanistas, especializado en Derecho Urbanístico y Ambiental, Juan Enrique Serrano López y Santiago de la Vega Díaz.

Efectivamente, la nueva ley incorpora un régimen de regularización o legalización, que aplicado a las industrias y actividades económicas implantadas sin licencia en suelo rústico, tiene un extraordinario alcance.

- ¿Podría apuntar el alcance material de esta nueva norma?

La modificación legislativa permite legalizar las instalaciones y edificaciones vinculadas a actividad industrial sin licencia en suelo rústico, esto es muy importante. Además autoriza obras de mejora, modernización e incluso ampliación (limitadas al 20%).

- ¿Tiene necesidad real el titular de estas instalaciones "ilegales" en acogerse a esta regularización? ¿Podrían mantenerse como están en la actualidad?

En nuestra opinión tienen interés y necesidad. Transcurrido el plazo de un año que concede la norma, la incertidumbre sobre la continuidad de estas actividades es absoluta.

Por otro lado, los mercados están cerrados a productos que no acrediten una trazabilidad de legalidad urbanística y ambiental. Es más, la legalidad de las instalaciones tiene un evidente valor patrimonial, además de ser requisito imprescindible para acceder a financiación. No cabe, por último, hablar de opciones de fusión, absorción, asociación, etc., sin este requisito.

- ¿Se trata de una amnistía?

Negamos que se produzca realmente una amnistía. No se trata tanto de un perdón arbitrario, como de un esfuerzo sometido en plazo y condiciones de integración económica, territorial y ambiental.

Se trata de situaciones, las que puedan ser beneficiarias de la nueva norma, producidas antes de julio de 2014, que desarrollen una actividad continuada, respecto de las que no quepa la adopción de medidas de restitución de la legalidad física quebrantada.

A partir de este supuesto sería necesario un esfuerzo del empresario titular, de integración territorial, paisajística y ambiental, lo que implicaría, claro, un coste. En definitiva esta medida es asumible y de agradecer.

- ¿Dicen ustedes que está sometido este régimen legalizador a plazo?

La posibilidad de regularización de la que estamos hablando cesará a partir de febrero de 2020. Este dato es importante por cuanto es previsible que la actividad de la Administración en materia de protección de la legalidad vaya en aumento en intensidad y eficiencia, basta citar la creación por esta nueva ley de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio que complementará la actividad de policía administrativa de los Ayuntamientos, no siempre solícitos en la materia.

- ¿Creen ustedes desde su perspectiva profesional especializada en esta posibilidad de regularización?

En muchas ocasiones, ciertamente, las normas no satisfacen las expectativas creadas, se limitan a ser un mero instrumento de propaganda. Sin embargo, la regularización que contiene la nueva ley 1/2019, en nuestra opinión es eficiente y bastante para atender a los objetivos de regularización que se plantea.

Si bien, no se podrá aplicar en absoluto en todos los casos. Como decíamos no es una amnistía. De hecho, en el Despacho Serrano & Asociados, Urbanistas, hemos habilitado un equipo de trabajo multidisciplinar (paisajistas, arquitectos, ingenieros, ambientólogos, abogados), que dirigido y coordinado por nosotros atiende ya a los numerosos expedientes abiertos. Creemos en esta norma.

- ¿Está la Administración responsable de tramitar estas legalizaciones a la altura?

En principio es la misma que ha formulado la modificación legislativa. Sin embargo hemos de señalar que a veces las quejas por el lento funcionamiento de la Administración no son del todo justas.

El planteamiento de expedientes como los que ahora se postulan de regularización exige de un nivel de especialización y cualificación que no es común. Lo que sí podemos asegurarle es que los Ayuntamientos están mostrando una predisposición clara a colaborar con la Generalitat en la aplicación de la norma.

Hemos tenido ocasión de participar como ponentes en jornadas organizadas por la Conselleria y por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias sobre la Ley 1/2019, dirigidas a los técnicos municipales, y la afluencia ha sido más que notable.

En cualquier caso, aconsejamos acudir a despachos y equipos cualificados, que son los que efectivamente facilitan la labor de la Administración y dan viabilidad al interés de los industriales.