El ordenamiento tributario ante la economía colaborativa: de la clarificación a nuevas formas de cooperación público-privada. Este es el título del proyecto de investigación que ha concedido el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad a un conjunto de investigadores de diferentes universidades de España y de Europa con el objetivo de dar una respuesta y clarificar las obligaciones fiscales de los usuarios que utilizan y generan ingresos a través de las diversas plataformas que configuran la denominada «economía colaborativa». El investigador principal de este proyecto de investigación es el profesor del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Universidad Cardenal Herrera CEU de Elche, Álvaro Antón, quien considera que «la aparición de nuevas empresas de base tecnológica ha generado una verdadera disrupción en actividades clásicas de producción y consumo de bienes y servicios que implica múltiples cuestiones jurídicas que exigen una respuesta integrada por parte del ordenamiento y a cuyo reto no escapa el Derecho Financiero y Tributario».

En este sentido, Álvaro Antón destaca que la aparición de esta nueva economía y el surgimiento de las plataformas que funcionan como intermediarios están causando un «aumento de las transacciones a través de ellas, incrementando también el riesgo de una potencial pérdida de recaudación para la hacienda pública debido al incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de sus usuarios». Por ello, esta investigación, que tiene una duración de tres años, tiene la finalidad de sentar las bases y ofrecer soluciones que garanticen el cumplimiento y aplicación de las obligaciones fiscales «al tiempo que, como se defiende desde la UE, se asegura que las normas tributarias no generen distorsiones en la competencia entre estos nuevos sectores y los tradicionales».

Este proyecto de investigación estará centrado en el usuario y el pago de tributos que deben hacer todas aquellas personas que obtienen rentas a través de estas plataformas. «Con este proyecto queremos aumentar la sensibilidad sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales proponiendo medidas que clarifiquen e informen sobre el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas por los usuarios de las plataformas», explica Álvaro Antón.

El investigador principal y profesor de la UCH CEU de Elche considera indispensable la colaboración pública-privada para conseguir clarificar la situación de los usuarios. Por ello, cree que «la elaboración de información que sea publicada por las distintas plataformas en el momento de concluir la transacción o la introducción de las obligaciones fiscales que tiene el uso de las plataformas puede ayudar a clarificar y simplificar el deber de los usuarios que ganan dinero a través de estas plataformas».

Además, el proyecto también va a estudiar la viabilidad e idoneidad, en caso de ser así, de introducir umbrales exentos de pagar impuestos por parte de los usuarios. «No existe una normativa clara en la actualidad en España con respecto al tributo de estos ingresos generados en estas plataformas», resalta Álvaro Antón, por lo que señala que el estudio ayudará a delimitar entre el tratamiento de rentas obtenidas de manera ocasional, para compartir gastos o rentas obtenidas habitualmente. «Los resultados servirán también para fundamentar y justificar las razones que permitan establecer estas distinciones y establecer con el menor número de dudas las que se traducen en verdaderas actividades económicas prestadas al amparo del paraguas de la denominada economía colaborativa», sostiene Álvaro Antón.

Asimismo, el proyecto de investigación analizará las diversas soluciones aportadas por diferentes países para afrontar esta nueva realidad económica. Entre ellas se encuentra la adopción de umbrales exentos para determinadas rentas obtenidas por los usuarios. Y es que, como declara el profesor de la Universidad Cardenal Herrera CEU, algunos Estados miembros han fijado umbrales por debajo de los cuales no existe la obligación de declarar las cantidades percibidas por el prestador del servicio ni a efectos del IRPF ni a efectos del IVA o con otros Estados que han optado por incluir exenciones fiscales en sectores específicos.

En definitiva, los resultados esperados permitirán, según explica Álvaro Antón, clarificar la normativa tributaria en materia de economía colaborativa y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los usuarios» que prestan servicios a través de las plataformas de economía colaborativa desde el punto de vista de su eficacia y eficiencia y de su viabilidad jurídica.

Casos de colaboración público-privada

Casos de colaboración público-privadaOtro de los apartados de la investigación será el análisis de nuevas formas de colaboración social entre autoridades y plataformas para simplificar el proceso de declaración fiscal para los usuarios y prestadores de servicios. Y es que los Estados tienen una gran oportunidad debido a la trazabilidad que ofrecen las plataformas. «Estas empresas tienen registradas las transacciones entre usuarios, por lo que estudiaremos la posibilidad de introducir en nuestro ordenamiento, por ejemplo, modelos basados en el envío de datos pertinentes a las autoridades fiscales competentes para que estas comuniquen sus obligaciones fiscales al contribuyente (Bélgica); modelos en los que son las propias plataformas las que comunican estos datos directamente al contribuyente e informan a la autoridad tributaria (Francia, Estonia); o modelos que convierten a las plataformas en agentes retenedores/recaudadores - como los adoptados por algunas ciudades (Ámsterdam) en el caso de las tasas turísticas».

Álvaro Antón Antón

Álvaro Antón AntónPara analizar esta situación, clarificar y ofrecer soluciones, el profesor del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Universidad Cardenal Herrera CEU de Elche, Álvaro Antón, participa como investigador principal en un proyecto de investigación financiado por el Ministerio Economía, Industria y Competitividad.

Pregunta: ¿Está suficientemente estudiado y analizado la forma de tributar por los ingresos generados en estas plataformas»

Respuesta: No. Es un fenómeno reciente y son cuestiones que no han sido analizadas suficientemente por la doctrina. Nuestras respuestas, las de la comunidad académica, no quedan circunscritas a los aspectos teóricos, ya que son de relevancia práctica para contribuyentes que obtienen rentas a través de plataformas, para las plataformas y para la administración.

La economía colaborativa está siendo el foco de numerosas tensiones en sectores tradicionales en los que está operando: transporte, vivienda, venta entre particulares,? Algunos de los actores tradicionales equiparan la economía colaborativa a la economía sumergida. ¿Es esto correcto desde su punto de vista?

Es incorrecto. Hay que distinguir dos tipos de renta. Por un lado, las que genera la plataforma. Aquí hablamos de fiscalidad internacional. Muchas no tributan en España porque no tienen sede en España. Para ello están los convenios internacionales que en muchos casos se hicieron hace años, por lo que en esos casos creemos que hay que adaptarlos a las nuevas realidades económicas. En este punto nosotros abogamos porque la presencia virtual de una empresa en el país tenga un peso más significativo en los nuevos convenios de doble imposición. Por otro lado están las rentas que generan los usuarios, que son en las que se centra este proyecto de investigación. La tecnología, al introducir un intermediario, ha incrementado la seguridad a la hora de ofrecer un servicio o un bien. Por ello, la gente lo utiliza más. Pero la economía colaborativa siempre ha existido y tenemos que actualizar la recaudación fiscal por ella. Ahora tenemos la oportunidad de que gracias a estas plataformas se puede controlar más fácilmente y, por tanto, la colaboración con las plataformas puede facilitar y clarificar la recaudación.

¿Cree que hay voluntad de colaboración por parte de estas plataformas?

Sí, tanto en el ámbito europeo como en EE UU las plataformas tienen una predisposición. Airbnb, por ejemplo, ya recauda la tasa turística en algunas ciudades del mundo.

El usuario de estas plataformas. ¿Tiene claro que ha de tributar?

En nuestro sistema tributario hay que tributar por las rentas generadas. Estas plataformas han cambiado los modelos de negocio de las compañías pero tenemos que tributar. Creo que existe un problema de sensibilización y una necesidad de clarificar las nuevas reglas para los usuarios. Por ello, tendremos que distinguir qué tipos de ingresos son: para compartir gastos, puntuales o como negocio habitual. Todo ello hay que traducirlo a efectos fiscales.