Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El TSJ ratifica que la gestión del embalse del Toscar corresponde al Consell

El tribunal considera que la infraestructura situada en Monóvar está sujeta al dominio público hidráulico

Imagen aérea del embalse del Toscar de Monóvar, que regula las aguas trasvasadas del Júcar. ÁXEL ÁLVAREZ

La Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de Aguas de la Marina Baixa se ha llevado un mazazo judicial en su pretensión por recuperar la gestión del embalse del Toscar en el término de Monóvar. La sección primera del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana acaba de emitir una sentencia en la que considera que la titularidad y el control de la infraestructura hídrica debe estar en manos de la Conselleria de Agricultura. El alto tribunal expulsa, por tanto, de la administración del embalse a la Junta Central, que llevaba al frente del mismo cinco años tras la cesión que le hizo el Consell cuando estaba dirigido por el PP con mayoría absoluta.

Fue concretamente en abril de 2015 cuando se cedió formalmente la gestión de los recursos hídricos de este embalse a la Junta Central de Usuarios. Sin embargo la medida se encontró con la oposición de la Comunidad General de Usuarios del Medio Vinalopó, adscrita a la propia Junta Central, porque fue la que cedió los terrenos para llevar a cabo la construcción. Una divergencia que motivó el recurso de reposición ante la propia Generalitat Valenciana reclamando la titularidad del bien. Pero finalmente la el Gobierno autonómico falló contra todos al optar por asumir la titularidad y gestión de una infraestructura que costó 5,8 millones de euros financiados con fondos autonómicos. El embalse se construyó en la carretera Monóvar-Salinas y sigue siendo el más grande del Vinalopó, con 900.000 metros cúbicos de capacidad.

Fue en marzo de 2019 cuando la Conselleria de Agricultura asumió el control del Toscar al entender que pertenecía al patrimonio público autonómico. De este modo hizo efectiva una controvertida medida que fue recurrida ante los tribunales por la Junta Central de Usuarios. Sus abogados argumentaron que el paso dado por la Conselleria, que arrancó en marzo de 2017, era ilegal ya que, según mantenían los regantes de la entidad que preside el aspense Antonio Berenguer, incumplía la Ley de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. Normativa que establece, entre otras cosas, que las obras hidráulicas realizadas por el Consell deben gestionarlas los usuarios. Sin embargo estos postulados han sido desestimados por el TSJ. Entre otros motivos porque El Toscar «es una infraestructura hidráulica, financiada por la Generalitat, que debemos considerar como un bien de dominio público del Plan Hidrológico Nacional». También entiende la sala que «el instrumento de planificación que legitima esta infraestructura es precisamente, el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, que tiene por objeto, transportar, regular y distribuir las aguas del Júcar que han de sustituir las extracciones de los 14 acuíferos sobreexplotados del Vinalopó. El objetivo esencial perseguido por este conjunto de obras es, por una parte ambiental y, de otra paliar los déficits de abastecimiento. Por lo tanto, si las obras hubieran tenido una finalidad exclusivamente agraria no podrían estar exentas del principio de recuperación de costes ,y los mismos tendrían que haberse abonado a la Generalitat». Un fundamento al que el TSJ añade que «este tipo de obras hidráulicas afectas al uso público (...) no pueden ser objeto de trasmisión a un tercero, pues participan del carácter inalienable del dominio público». En cualquier caso la sentencia no es firme. Contra la misma cabe recurso ante el Tribunal Supremo en un mes.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats