Una sentencia del el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Alicante establece que el Ayuntamiento de Villena no puede obstaculizar la celebración de festejos taurinos, estimando el recurso presentado por la Fundación del Toro de Lidia (FTL) en representación de la Peña Cultural Taurina Villenense. De este modo, el juez anula el acuerdo municipal adoptado en 2017 por el que se denegaba la cesión de la plaza de toros municipal a la Peña Cultural Taurina Villenense para la celebración de una corrida en los días de Fiestas de ese año.

El Ayuntamiento desestimó la propuesta de los taurinos alegando motivos de seguridad al no contar con un sistema de cuenteo de personas y por tratarse de una celebración «poco oportuna desde el punto de vista social y cultural de la ciudad» incidiendo en que el reglamento de uso de la plaza de toros otorga a la Junta de Gobierno Local la potestad de ceder el coso «en virtud del interés social, cultural o deportivo del mismo». En el primer caso, el tribunal considera que el Ayuntamiento pudo exigir a los organizadores que cumpliesen con la obligación de contar con un sistema técnico de cuenteo automático y «sólo en caso de incumplimiento de dicho requisito, denegar la autorización». En cuanto al segundo argumento esgrimido por el Ayuntamiento de Villena para denegar la cesión del coso el juzgado remarca la existencia de una gran jurisprudencia que reconoce la conexión entre la fiesta de los toros y el patrimonio cultural español y determina que «siendo la tauromaquia un patrimonio cultural digno de protección en todo el territorio nacional, el municipio de Villena no constituye una excepción a esta máxima establecida legalmente; y dado que los poderes públicos deben ejercer una acción de salvaguardia de la tauromaquia, el Ayuntamiento de Villena también se encuentra comprometido dentro de tal exigencia legal».

El presidente de la Fundación Toro de Lidia, Victorino Martín, indicó que la sentencia supone un claro aviso a navegantes para otras instituciones que denieguen la celebración de festejos taurinos. «Tal y como ha dicho el Tribunal Constitucional y el juzgado alicantino, las instituciones están en la obligación de promover la tauromaquia», afirmó.

Por su parte, el portavoz de la FTL, Chapu Apaolaza, insistió en que la sentencia establece que los poderes públicos no pueden utilizar su posición para realizar una oferta cultural «a su gusto, censurando las corridas de toros». Asimismo, la sentencia garantiza que ningún partido pueda prohibir una expresión cultural como es la tauromaquia, amparada en la Constitución. La entidad no descarta emprender acciones penales contra el alcalde de Villena si persiste en obstaculizar la celebración de corridas.

Es la segunda sentencia que da la razón a la Peña Cultural Taurina de Villena. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictaminó en febrero de 2017 que el Ayuntamiento carecía de competencia tanto para autorizar o denegar la celebración de espectáculos taurinos y como para cuestionar los rasgos jurídicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural.

El alcalde de Villena, Javier Esquembre, aseguró que el Ayuntamiento estudiará recurrir el fallo al considerar que el consistorio ha cumplido con la ley en todo momento.