La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena a 11 años de prisión, dictada por la sección 10 de la Audiencia de Alicante, contra un entrenador de fútbol de categorías infantiles de Novelda por abuso sexual y exhibición de material pornográfico continuado desde 2009.

En los hechos se vieron implicados cinco menores, algunos de ellos con inteligencia límite y síndrome Asperger. El alto tribunal rechaza así el recurso de casación interpuesto por el hombre.

La sentencia, dada a conocer este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), señala como hechos probados que el hombre tras haberse ganado la confianza de los padres se llevaba a cinco menores a su domicilio donde supuestamente visionaban partidos de fútbol.

Sin embargo, el hombre les mostraba películas pornográficas y les incitaba a masturbarse en su presencia. Prácticas que estuvo realizando durante 5 años, desde 2009 y hasta 2013.

"Los padres de algunos menores también acudieron en alguna ocasión a ver partidos de fútbol emitidos en cadenas de pago, habiendo estado incluso el acusado, durante un tiempo, encargado de la recogida escolar de alguno de los menores", relata la sentencia, "lo que confería aún mayor confianza a todos los chicos".

Contra la sentencia condenatoria, el hombre interpuso un recurso por infracción de ley, quebrantamiento de forma y precepto constitucional.

Sin embargo, el TS avala el proceder de la Audiencia de Alicante que solicitó apoyo a agentes especialistas de la sección de análisis del Comportamiento Delictivo (SACD) de la unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ Madrid) para "recoger el testimonio de menores de edad con minusvalías psíquicas que podrían haber sido víctimas de abusos sexuales" y cuyos informes "dictaminaron acerca de la capacidad de los jóvenes para recordar y comunicar con relación al objeto de la investigación".

"Contó la Sala de instancia con las declaraciones de los profesores que a través del seguimiento que realizaron de sus alumnos consiguieron destapar los hechos y con la pericial forense sobre la capacidad para comprender el alcance y naturaleza de los actos de contenido sexual y prestar su consentimiento en relación a los mismos referida a los menores, y los informes sobre su discapacidad reconocida", agrega.

Y además, "valoró las declaraciones del acusado que aunque negó los hechos, en el juicio oral, a diferencia de lo que mantuvo en instrucción, admitió que en una ocasión los menores vieron una cinta pornográfica y no negó categóricamente que les observara masturbarse".

Además, en cuanto a la petición para que el delito de provocación sexual fuera absorbido por los delitos de abusos sexuales. Pero, el TS entiende que "fuera de toda duda" ha quedado demostrado que "perduró como autónomo un delito de exhibición pornográfica" hacia uno de los menores.

Por todo ello, el TS entiende que ha lugar al recurso y confirma la condena de 11 años de prisión para el hombre.