La Audiencia de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado que en abril absolvió a un industrial del calzado de Elche de un delito contra la fauna por la colocación de cepos y el uso de raticida en la finca de su propiedad en esta Región.

La primera sentencia absolvía a A.P.C. al considerar que los hechos no eran constitutivos de delito, decisión contra la que recurrió el fiscal y que ha confirmado por la Audiencia. La denuncia fue presentada por la Dirección General del Medio Natural en 2004 tras acceder a su finca. Una vez en el interior, observaron que habían sido colocados «lazos-cable, sin sistema de freno o atrapado a lo largo del vallado para impedir el paso y cazar depredadores tales como el zorro o perros asilvestrados, careciendo de permiso administrativo, del que sí había dispuesto en los años anteriores». Asimismo advirtieron que habían sido colocadas cajas-trampa para zorros sin autorización. Además los agentes forestales observaron que «por todo el terreno de la finca que constituye el coto de caza se había esparcido un raticida».

Para la Audiencia esta utilización de los lazos-cable podría constituir una infracción administrativa, pero no un delito. En cuanto al raticida, afirma que «fue empleado para proteger de la finca contra roedores, de ahí que no pueda tener la consideración de cebo».